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    El PIT-CNT estudia una actualización de su protocolo para denuncias de casos de violencia de género y acoso

    Un documento de la Secretaría de Género propone una “comisión receptora” de casos, con integración paritaria y perfil técnico, que podrá sugerir medidas de “sensibilización”, “suspensión” o “pérdida” de la afiliación

    Una propuesta de la Secretaría de Género del PIT-CNT para actualizar el protocolo de actuación ante casos de violencia de género y acoso sexual comenzó a discutirse este martes 23 en el Secretariado Ejecutivo de la organización.

    El intercambio en ese órgano de dirección sindical continuará la semana próxima y, para que la iniciativa quede aprobada, deberá pasar luego por la Mesa Representativa.

    En 2010, el PIT-CNT aprobó un protocolo de violencia basada en género. Con el tiempo, según fuentes sindicales, quedó prácticamente fuera de funcionamiento. La nueva propuesta, a la que accedió Búsqueda, dice en su introducción que el trabajo de actualizar los mecanismos está motivado por el “compromiso con todas las personas” que pueden “ser víctimas de violencia y acoso”.

    El protocolo planteado por la Secretaría de Género se traza el objetivo general de “instalar mecanismos y procedimientos en el PIT-CNT que aseguren la eliminación, prevención, protección, sanción y que desalienten conductas de acoso sexual, violencia de género y/o doméstica”.

    La mayor parte del documento desarrolla los procedimientos de denuncia. En esa línea, un elemento central del protocolo es la creación de una “comisión receptora” de casos. Para este grupo de trabajo se establece una integración “paritaria” compuesta “por dos representantes del equipo jurídico del PIT-CNT” y dos expertos en violencia de género “externos a la organización”.

    Uno de los primeros capítulos del protocolo delimita el “ámbito de actuación”. Allí se establece que “se aplicará a personas afiliadas y a toda persona que participe en actividades convocadas y organizadas por el PIT-CNT independientemente del local en el que se desarrollen”. En caso de que la persona denunciada ya tenga un procedimiento en curso en su sindicato o federación, la comisión receptora del PIT-CNT “no instruirá la denuncia”. Una vez culminado ese procedimiento sí “podrá actuar”, aunque para hacerlo debe existir la solicitud de alguna de las personas involucradas y una “resolución expresa” del Secretariado Ejecutivo.

    Las denuncias ante la comisión receptora, de acuerdo al documento, “deberán presentarse por escrito” y “firmadas por la persona denunciante”. En ellas se deben “expresar hechos y/o situaciones concretas con el mayor detalle posible, aportando fechas, testigos” y otros datos que se entiendan relevantes.

    “Se mantendrá reserva en cuanto a los procedimientos, entrevistas, así como la privacidad de las personas involucradas, incluyendo testigos, asegurando mecanismos de garantías que protejan la confidencialidad de las situaciones manejadas”, dice el texto.

    Una vez presentada la denuncia, la comisión receptora debe poner en conocimiento al sindicato o federación al que esté afiliada la persona denunciada. En un plazo “no mayor a 30 días corridos”, el grupo de trabajo deberá expedirse sobre si “dará o no curso a la denuncia”. Si la denuncia es admitida, “se deberá garantizar que las personas involucradas no compartan espacios de militancia, mientras se procesan actuaciones legales y/o sindicales” y “se suspenderá la participación en los ámbitos de militancia sindical a la persona denunciada” durante las investigaciones.

    A su vez, la comisión contará con “90 días corridos (con posible prórroga), para recabar la información necesaria”. Pasado ese tiempo, deberá realizar un informe con recomendaciones del que dará conocimiento a la filial involucrada. Si existiera disconformidad del sindicato con las recomendaciones, el Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT podrá recomendar la forma de implementación. Y en caso de que la filial no contemple las recomendaciones que le formulan respecto al denunciado, el Secretariado Ejecutivo —de nuevo— podrá tomar la resolución que considere respecto a la persona denunciada.

    Si existieran “elementos suficientes”, las recomendaciones de la comisión receptora pueden implicar medidas de “formación y sensibilización” para la persona denunciada, la “suspensión por un cierto período de su calidad de afiliado o representante” tanto en sus sindicato como ante el PIT-CNT y —“en última instancia”— “la pérdida de su condición de afiliación”.

    Más allá de las denuncias que se reciban, el protocolo establece también que, si existieran fallos judiciales por violencia de género o acoso sobre algún militante o dirigente, a la comisión receptora “le corresponderá valorar la sanción en el ámbito sindical”.

    Como complemento de la comisión receptora de denuncias, el protocolo prevé la creación de una “comisión política de Evaluación del Protocolo”. Su integración también será paritaria y estará compuesta por integrantes de la Secretaría de Género, Equidad y Diversidad y por integrantes del Secretariado Ejecutivo PIT-CNT.

    Entre los cometidos de este segundo grupo de trabajo, se plantea que debe elaborar y desarrollar “planes de acción, actividades de capacitación y sensibilización”, con el objetivo de “promocionar la erradicación de todas las formas de violencia y acoso”. También le corresponde evaluar “los procedimientos realizados” en el marco del protocolo y “promover modificaciones”; periódicamente deberá elevar un informe de lo actuado a la Mesa Representativa del PIT-CNT.

    Por su parte, la comisión receptora debe mantener informada a la comisión política sobre los casos que procesa.

    Como el PIT-CNT, el Frente Amplio también tiene en curso una discusión sobre sus protocolos en materia de violencia de género. En el Partido Nacional, a partir de casos puntuales, también se han dado discusiones y sanciones recientes.

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