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    Inddhh concluyó que el Estado cometió “graves vulneraciones” de derechos tras investigar muerte de menor embarazada al cuidado de INAU

    La Institución Nacional de Derechos Humanos encontró varias omisiones en la atención de 11 niñas y adolescentes bajo la protección del Instituto del Niño y Adolescente en Rivera y recomendó a las autoridades la intervención del centro de acogida

    La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) encontró múltiples y graves omisiones en la atención de niñas y adolescentes que están bajo la protección del Instituto del Niño y Adolescente (INAU) en Rivera. El organismo comenzó a investigar la situación de las menores al cuidado del Estado en el departamento fronterizo en julio, luego de que radio Sarandí informara de la muerte de una adolescente de 16 años, embarazada y víctima de explotación sexual.

    Tras enviar a sus técnicos a inspeccionar el Centro de Adolescentes Femenino de Rivera, la Inddhh decidió iniciar una investigación de oficio sobre la situación de tres adolescentes, entre ellas la menor fallecida y otra que se encontraba —y continúa— desaparecida. Solicitó información a los organismos estatales involucrados en la atención de las menores y en la prevención e investigación de situaciones de violencia y explotación sexual, como el INAU, la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el Poder Judicial, la Fiscalía y los ministerios de Interior y de Desarrollo Social. La Fiscalía y ASSE no enviaron la información requerida.

    En el marco de la indagatoria, la institución detectó otros ocho casos de menores bajo la tutela del Estado en Rivera con derechos vulnerados, por lo que amplió su investigación a la situación de 11 niñas y adolescentes.

    Luego de entrevistar a funcionarios y autoridades, revisar expedientes judiciales e informes de salud y del INAU, la institución de derechos humanos concluyó que está “plenamente acreditado” que el Estado cometió acciones y omisiones que configuran “violencia institucional” y una ”grave vulneración del deber de debida diligencia y protección” de las 11 adolescentes. Además, afirmó que los casos demuestran la existencia de “patrones estructurales de vulneración de derechos por parte del Estado”.

    En una resolución fechada este martes 17, a la que accedió Búsqueda, la Inddhh recomendó a las instituciones involucradas realizar, en el plazo de un mes, un plan integral para cada una de las niñas y adolescentes que permita garantizar su derecho a un vida digna.

    Asimismo, recomienda la “intervención” del Centro de Adolescentes Femenino de Rivera, a través de un equipo especializado. A la Fiscalía, Interior, ASSE, INAU y el Poder Judicial les pide que realicen investigaciones administrativas para determinar las eventuales responsabilidades de sus autoridades y funcionarios. También recomienda mejorar los registros en los centros de INAU, capacitar a funcionarios sobre explotación sexual y salud sexual y reproductiva, aumentar la cantidad de recursos humanos destinados a la Dirección de Trata y Tráfico del Ministerio del Interior, así como capacitar a jueces, fiscales y policías. Y sugiere varias medidas para mejorar la atención en la salud de los embarazos infantiles y la detección de embarazos forzados.

    Intentos de autoeliminación, crisis de angustia, intoxicaciones y abusos sexuales

    El primer factor común que encontró la institución de derechos humanos entre los 11 casos analizados es que todas las menores, antes de ingresar al amparo del INAU, fueron víctimas de violencia intrafamiliar. Además, 10 de las 11 menores sufrieron abuso sexual antes de ingresar al centro, y siete mostraban indicios de explotación sexual.

    Tras ingresar al cuidado del centro femenino de Rivera, la situación no solo no mejoró: el número de niñas víctimas de explotación sexual aumentó a 10. Es decir, las menores que ya presentaban signos de explotación continuaron mostrándolos, mientras que otras tres fueron víctimas de ese tipo de situaciones luego de pasar al cuidado del INAU.

    Por otra parte, la institución encontró que hubo un aumento “exponencial” de las novedades policiales de las menores luego de pasar al amparo del Estado. Por ejemplo, una menor que vivía con su familia tenía 18 anotaciones policiales en su registro, la primera a los dos años de edad, que iban desde situaciones de violencia sufridas hasta fugas o abusos. Y desde que ingresó al centro de INAU, tuvo 51 novedades policiales en 15 meses. “Esto es un indicador claro de la omisión del sistema de protección”, señaló la institución en su resolución.

    La investigación de la Inddhh constató fallas y demoras en la comunicación entre organismos, errores e inconsistencias en la información documentada, contradicciones entre los diferentes técnicos del INAU (que en ocasiones proponían estrategias de intervención opuestas) y falta de seguimiento de los tratamientos psiquiátricos o psicológicos, entre otros problemas.

    La resolución detalló, por ejemplo, el caso de una menor víctima de explotación sexual, con antecedentes de violencia familiar y abusos, que es detectado en el ámbito educativo y derivado a la Justicia. Luego de que la menor ingresa al centro de INAU por disposición judicial, “no se realiza una evaluación de riesgo” ni se elabora una estrategia de intervención adecuada. Incluso, un informe del centro señala que la niña “continuaba” con sus conductas, exponiéndose a riesgos muy graves, como drogas, explotación sexual, y la describe como una “líder negativa”. La menor tuvo un intento de autoeliminación que requirió hospitalización por intoxicación.

    En ninguno de los informes del centro “se ponderan los antecedentes, la situación de explotación sexual previa, el contexto familiar ni el abuso sexual padecido a los 8 años como elementos que expliquen la falta de confianza de la niña respecto al mundo adulto o sus comportamientos ‘disruptivos’, pero sí se realizan valoraciones de responsabilización que quedan explicitados al referirse a ella como ‘líder negativa’”, señaló la Inddhh. Tampoco hay referencias a la etapa evolutiva de la menor, una niña de 12 años, cuestionó.

    Para la institución, una de las principales barreras de acceso a la Justicia está en la forma en cómo las niñas son recibidas y escuchadas en los juzgados. Además, constató que sobre una misma menor hay varios expedientes que se tramitan en paralelo, con distintos defensores. “Esto no permite a las niñas y adolescentes generar los espacios de confianza necesarios, debiendo repetir sus historias ante diferentes técnicos, revictimizándolas una y otra vez”.

    En cuanto a la atención de la salud mental, en ocho de los 11 casos el centro tiene registros de la medicación indicada a las menores bajo atención psiquiátrica o psicológica, pero no da cuenta del tipo y continuidad de los tratamientos.

    “Teniendo en cuenta que el 73% (8) de los casos tuvieron internación en el Hospital de Rivera, siendo los motivos de ingreso intento de autoeliminación, abuso sexual y violación, intoxicación y crisis de angustia, podemos dar cuenta de la necesidad de abordajes integrales en material de salud mental y la continuidad de los tratamientos desde el enfoque de la reparación del daño y no solo como una medida ‘paliativa’ de atacar los síntomas”, afirmó la institución.

    En los 11 casos analizados hay situaciones de consumo, depresión, ansiedad, prácticas sexuales de riesgo, muerte materna y embarazo forzado, entre otros. Además, “en todos los casos la situación de vulneración de derechos es de larga data en sus cortas trayectorias de vida”, subrayó la institución.

    Para la Inddhh, “es claro que las respuestas institucionales en Rivera han sido insuficientes y omisas”.

    Por otra parte, la investigación de la institución encontró que en los últimos dos años no existió ninguna imputación ni condena por delitos vinculados a la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en Rivera.

    “Las situaciones que vivieron las adolescentes en la ciudad de Rivera nos hacen presumir la existencia de patrones estructurales de actuación donde las niñas y adolescentes institucionalizadas son víctimas de explotación sexual; sin embargo, no existió una investigación caso a caso ni estructural que permitiera sancionar a los responsables de estos delitos”. Esto pese a que hay indicios claros de que las situaciones de explotación sexual, “además de ser de larga data, se reiteran”.

    Adolescente fallecida: no se garantizaron sus derechos

    Respecto a la adolescente embarazada que falleció este año en el marco de una cesárea de emergencia, la Inddhh observó, tras revisar su caso, que sufría violencia desde que tenía dos años. Pese a múltiples intervenciones policiales y judiciales y de actuaciones de ANEP y del INAU a lo largo de los años, “no hay elementos que permitan afirmar que se hayan garantizado sus derechos”, concluyó.

    La menor había sido separada del cuidado de su madre por la Justicia, debido a que sufría violencia. Se iba del centro para adolescentes mujeres del INAU con frecuencia y era víctima de explotación sexual. Tras quedar embarazada, en una decisión poco clara fue reintegrada a su hogar, bajo seguimiento del INAU. Y por otra decisión poco clara, no interrumpió su embarazo, pese al riesgo que corría.

    Entre las múltiples fallas en la atención de la menor que el organismo detectó, señaló, por ejemplo, que hay informes que indican que a la adolescente se le habría aplicado el protocolo para detectar abuso en el hospital, pero de ser cierto “no resulta razonable que no se haya detectado el embarazo”. Además, la institución constató que los distintos servicios que asistieron a la adolescente durante su embarazo no consideraron los factores de riesgo de violencia sexual que existían en su caso.

    La posibilidad de interrumpir el embarazo de la adolescente se descartó por el tiempo de la gestación. No obstante, “existieron múltiples intervenciones que podrían haber permitido detectar tempranamente el embarazo de haberse realizado adecuadamente , especialmente la aplicación del protocolo de violencia sexual”. En segundo lugar, la detección ocurrió “al menos dos semanas antes de la primera consulta”. En tercer lugar, “la norma establece que en casos de violencia sexual el plazo se extiende a las 14 semanas de gestación y que en casos de riesgo no importa el plazo. Ninguna de estas causales fue considerada ni en esa consulta ni en las posteriores”.

    Para la institución, la ausencia de una intervención ajustada a las guías, así como la existencia de obstáculos institucionales indican que no puede descartarse que el Estado haya incurrido en un tratamiento vulneratorio de normas internacionales asumidas por el país.