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En una serie de tres artículos, voy a analizar las formas recíprocas de la liberalización comercial. A la manera de las matrioshkas, voy a ir de la más grande a la más pequeña. Este primer artículo es histórico y conceptual. El segundo es informativo sobre el contexto internacional contemporáneo y la nueva deriva en materia de reglas de comercio. En el tercero va al asunto que nos preocupa, que se vincula en cómo gestionar la inserción internacional de Uruguay relacionada a lo que el Mercosur obstaculiza o permite en esta materia. El tema no está en el centro de la agenda electoral, pero sí lo está en el centro de la agenda de crecimiento del país y por eso mismo debería ser ineludible.
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El comercio internacional ha sido un motor del crecimiento económico desde mediados del siglo pasado. Este fenómeno se intensificó a partir de medidos de los ochenta y alcanzó una meseta en la última década (ver gráfico). El comercio creció regularmente más que el ingreso, lo que redundó en un mundo mucho más abierto a los intercambios económicos. Esta dinámica se dio estrechamente asociada a un acelerado progreso técnico que se manifestó, entre muchas otras transformaciones, en la reducción drástica de los costos de comerciar entre los países. Primero se afectó el comercio de bienes con la unitarización de la carga (contenerización) y el aprovechamiento de las economías de escala en el transporte internacional. Luego, esta reducción de los costos de comercio se extendió a toda la actividad económica, cubriendo a los servicios con la revolución en las telecomunicaciones y las tecnologías de la información. La frontera entre la actividad económica que es factible de comercio (actividad transable internacionalmente) y la que no lo es (no transable) se movió intensamente a favor de incrementar la actividad transable internacionalmente.
Los costos de comercio tienen, además, otro componente determinante que es la política comercial. Cuando se intercambia actividad económica de una jurisdicción nacional a otra, se incurre en costos asociados a la política comercial que se aplica en cada una de ellas. Todo se reduce a que el Estado nación típicamente discrimina a favor de la actividad económica de origen nacional de aquella de origen extranjero y genera nuevos costos para comerciar. A esto le llamamos proteccionismo. Por lo tanto, las ganancias asociadas al cambio técnico no se hubieran podido alcanzar si las discriminaciones asociadas a la política comercial no se reducen. Por este motivo, estas dos dinámicas, tecnológicas y comerciales, se encuentran estrechamente vinculadas. Cuando se amplió la capacidad de intercambiar actividad económica las reglas a disciplinar se fueron moviendo de las fronteras nacionales a las regulaciones domésticas, debido a que ambas tienen la capacidad de obstaculizar o promover el comercio, en función de si aumentan o disminuyen la discriminación con la producción extranjera.
Para explicar esta evolución es necesario revisar el origen de la cooperación internacional en materia comercial. Las conflictividades comercial, económica y política se encuentran estrechamente interdeterminadas. Desde la obra seminal de Kant (La paz perpetua) hay muchísima literatura de economía y ciencia política respecto a la influencia de la interdependencia económica en la creación de paz internacional. Bajo estas premisas, en el marco de la construcción de las instituciones multilaterales de la posguerra en el plano comercial, se creó, en 1947, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés).
Hay un racional estrictamente económico para buscar alcanzar la cooperación comercial al fijar la política comercial. Hay incentivos claros cuando los países definen su política comercial sin reglas pactadas, y esta se combina con poder de mercado a nivel internacional. Cada país puede ganar protegiéndose cuando el otro no lo hace. Se mueven los precios en beneficio del que se protege y esta gana a costa de lo que el otro pierde. Este problema se puede especificar como un juego de interacción estratégica. Cada país puede elegir entre protección o libre comercio, el equilibrio del juego de mejor respuesta (ninguno jugador tiene incentivos a desviarse de él) es que ambos se protegerán, alcanzando una mala asignación en términos del bienestar de cada uno y la peor en términos cosmopolitas. La cooperación permite alcanzar el óptimo (Paretiano) en el libre comercio, pero el equilibrio se da en la protección. Es el conocido dilema del prisionero de la política comercial. Todo lo que conocemos en materia de acuerdos y reglas está basado en poder establecer restricciones para acercarse a la mejor asignación en el libre comercio. Otra línea de razonamiento complementaria a la anterior tiene que ver con que la mayor interdependencia económica incrementa el costo de la conflictividad internacional y, en un extremo, los costos de la guerra. De este efecto se deriva que la interdependencia económica tiende a generar relaciones pacíficas entre los países.
De esta forma se establecieron mecanismos para realizar la liberalización comercial y reducir la discriminación. Este proceso se condujo a través de la regla de la nación más favorecida (NMF). Previo a la Segunda Guerra Mundial, el mundo estaba fragmentado por relaciones bilaterales entre países en donde el trato era discriminatorio por el origen geográfico de los bienes. Es decir, que los países no solo discriminaban en contra de la producción extranjera en general, sino que incluso los bienes originados en distintos países eran tratados de forma diferente. En ese mundo de la primera mitad del siglo XX, los acuerdos comerciales tenían en su artículo primero una regla de NMF. Dada la fragmentación, los países se daban de forma recíproca el mejor trato. Este era un mecanismo que, aunque parcial, resultaba liberalizador desde el punto de vista del comercio. El GATT lo hizo más profundo al abarcar un número mayor de países. El principio general del acuerdo es aplicar la regla NMF de forma recíproca, con una cobertura que alcanzó, en una primera etapa, solo a los bienes manufactureros. Sobre esta base se planteó un programa de liberalización comercial a través de rondas periódicas de negociación. Este fue muy efectivo, sobre todo para liberalizar esta clase de bienes entre los países más industrializados.
Se dejó una opción abierta a poder excepcionar la aplicación de la regla NMF dentro del GATT. Se admite que dos o más países del club multilateral podrán suscribir un acuerdo de libre comercio para eliminar en lo esencial de los intercambios comerciales la discriminación entre ellos. Racional es aceptar la discriminación con el resto de los socios fuera del acuerdo, pero en virtud del objetivo mayor de promover el libre comercio en un subconjunto de sus miembros. Tanto si el acuerdo tuviera el formato de una zona de libre comercio o de un territorio aduanero único (unión aduanera), para que la excepción a la NMF sea admitida es necesario, además, que no se establezcan nuevas discriminaciones con los países no miembros del nuevo acuerdo (no erigir más obstáculos al comercio).
Estas dos modalidades de la liberalización comercial son formas recíprocas que implican intercambio de acceso al mercado de uno por el acceso del otro. Así se estructuró la arquitectura del comercio internacional en la segunda mitad del siglo XX y primera década del siglo XXI. Tanto a nivel multilateral, bajo el principio de NMF, como así también mediante acuerdos comerciales preferenciales (ACP) consistentes con el marco de reglas multilaterales. La evolución se caracterizó por la ampliación de los sectores disciplinados, sumando la agricultura y los servicios, alcanzando esta cobertura de sectores en la Ronda Uruguay del GATT, así como la institucionalización del proceso con la creación de la Organización Mundial del Comercio en 1994. Así mismo, se llevó adelante una extensión en la suscripción de los ACP, proceso que se intensificó desde finales de la última década del siglo XX. Los ACP permitieron ir más profundo en la liberalización tanto por la intensidad de las barreras que alcanzaban a reducir como también por ir integrando un conjunto de nuevas reglas al disciplinamiento recíproco: inversión, propiedad intelectual, compras gubernamentales y política de competencia. El objetivo es el de siempre: reducir la discriminación y ampliar las posibilidades del comercio. Por todo esto, la NMF y los ACP consistentes con el artículo XXIV constituyen un combo único, y eso es justamente lo que está hoy bajo fuego, como veremos en el próximo artículo.