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Con críticas a decisiones sospechosas en el Ministerio de Turismo, el juez de primera instancia Alejandro Recarey desestimó una demanda contra el exdirector de Turismo Martín Pérez Banchero. El dictamen obliga al demandante, el periodista argentino Gustavo Descalzi, a pagar los costos del juicio por daños y perjuicios que había iniciado.
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El juicio comenzó después de que Pérez Banchero cuestionara, el 21 de octubre de 2021, en el programa Desayunos informales, decisiones del entonces subsecretario del ministerio, Remo Monzeglio. Eran tiempos políticos turbulentos. Pérez Banchero había sido echado de la secretaría de Estado tras denunciar en Búsqueda irregularidades en los gastos de publicidad durante la gestión de Germán Cardoso, quien fue forzado a dejar el cargo el 20 de agosto de ese año.
En la entrevista televisiva, Pérez Banchero describió que Monzeglio intentaba que el ministerio incurriera en gastos de publicidad que el entonces director consideraba “irregulares”. Uno de los ejemplos que utilizó ese día fue la intención de “pagarle a un periodista de la República Argentina” por un trabajo por el cual ya cobraba un salario en un canal de televisión de su país. Consultado por los conductores, Pérez Banchero dijo que el pedido no avanzó mientras él ocupó el cargo y, tras una nueva pregunta, mencionó el apellido del periodista argentino.
Descalzi demandó al exjerarca por considerar que lo había acusado de prácticas corruptas y reclamó un resarcimiento económico.
El juez Recarey falló a favor de Pérez Banchero el 3 de junio. En la sentencia, recordó que la legislación uruguaya establece como criterio para analizar este tipo de demandas la doctrina de la “real malicia”, la cual “autoriza la atribución de responsabilidad solamente cuando la información pública es divulgada con conocimiento de su falsedad; o con notoria despreocupación por la verdad del mensaje”.
Recarey sostuvo en el dictamen que las declaraciones de Pérez Banchero están amparadas en el derecho a la libertad de expresión. En primer lugar, porque estaba hablando sobre temas de interés público, como son los gastos del Estado. Es “un ejercicio democrático, cuya operatividad debe cuidarse muy delicadamente por los decisores judiciales cuando se lleva a los estrados”, dice el fallo.
El juez explicó en la sentencia que el otro estándar a tener en cuenta era si el demandado “habría faltado deliberadamente a la verdad; o si con verdadera temeridad omitió chequear sus dichos”. Para lograrlo, debía probar si Monzeglio “practicaba la modalidad de repago a periodistas por trabajos que estos ya tenían encargados y subvencionados por terceros”. El análisis no pretendía evaluar si esa práctica era legítima o no, porque entraba dentro “del marco de lo opinable”, para lo cual “cada emisor tiene plena libertad”.
Para el magistrado, resultó claro que lo que el demandado “pretendió fue atribuir irregularidades administrativas a Remo Monzeglio” y no al periodista argentino. Entre esas prácticas irregulares, “la propuesta de refinanciar coberturas periodísticas (con fines publicitarios,) ya pagadas por un canal de televisión argentino”.
“Se aprecia con nitidez que Pérez Banchero solo tenía la intención de criticar el desempeño de un funcionario público (Monzeglio)”, dice el fallo. “Ni dijo que la iniciativa hubiera partido del actor y no de Monzeglio; ni dijo que Descalzi la hubiera aceptado; ni dijo que hubiera llegado a sacar rédito pecuniario ni profesional por aquella”.
En el juicio quedó documentado que las “peticiones” fueron “en principio aprobadas por Remo Monzeglio” sin el “correspondiente informe previo“ de la agencia contratada por el ministerio para asesorarla en materia de marketing.
“En definitiva, —dice Recarey— el obrar de Pérez Banchero fue absolutamente lícito. Con razón o sin ella (esto no cabe dilucidarlo en esta esfera judicial), es claro que actuó en la órbita del interés público. Sin dolo alguno, y haciendo una relación fáctica verdadera”
Decisiones sospechosas
El juez aprovechó su dictamen para cuestionar al Ministerio de Turismo por su manejo de una prueba clave: los correos electrónicos que envió y recibió Pérez Banchero mientras ocupó un cargo de jerarquía en la secretaría de Estado.
Es que el exdirector intentó, sin éxito, por vía administrativa y judicial, conseguir copia de los correos electrónicos. El ministerio primero le dijo que no podía responderle porque era información reservada, pero después aseguró que los había borrado apenas días después de su salida forzada, justo en medio de la polémica por sus denuncias públicas.
“La situación derivada de la eliminación de los correos electrónicos corporativos del demandado constituye un indicio que apuntala su versión acerca de presuntas irregularidades administrativas. Puesto que, aún cuando no puedan darse por plenamente acreditadas intencionalidades dolosas por parte de las autoridades ministeriales al respecto, sí se han evidenciado circunstancias harto llamativas. Lisa y llanamente extrañas. Que marcan, a no dudarlo, la fuerte posibilidad de ocurrencia de una práctica anómala en el caso”, dice el fallo.
Los correos electrónicos eran, según Pérez Banchero, evidencia clave para mostrar las solicitudes de Monzeglio. Pero además, los intercambios de mails entre autoridades del ministerio, la agencia de marketing y posibles proveedores fueron claves para exponer irregularidades en la gestión en otras instancias parlamentarias y judiciales.
De acuerdo con la cronología desplegada por el juez, Pérez Banchero pidió los mails el 12 de octubre de 2021, menos de un mes después de ser echado.
En respuesta a esa solicitud, en diciembre de 2021, el ministerio le dice a Pérez Banchero que no correspondía tramitar el pedido por ley de acceso a la información porque era un “usuario y no un tercero”, además de rechazar la posibilidad de que el contenido de los correos fuera público.
El exjerarca presentó un recurso de revocación que fue rechazado en marzo de 2023 por Presidencia de la República. Según un escrito de Pérez Banchero, la decisión del ministerio y de la Presidencia no dicen nada sobre la posibilidad de que los mails hubiesen sido borrados.
Recién en junio de 2023, ante un pedido de Recarey, la División Servicios Jurídicos y Notariales del ministerio responde con un informe que dice que “la casilla” de Pérez Banchero “fue dada de baja el 18 de agosto de 2021 y que no existen respaldos de los correos”. Es decir, los mails habrían sido borrados por el ministerio dos días después de la salida del jerarca y en medio de denuncias públicas de irregularidades.
Los servicios técnicos del ministerio aseguraron al juez que era una práctica habitual en esa secretaría de Estado, aunque no había norma que lo amparase y los antecedentes que presentaron no fueron claros.
Ante esto, el juez aseguró: “Pudiendo muy bien entenderse que dicha presunta praxis habría comenzado a implementarse recién con posterioridad al cese de Pérez Banquero. Sea como fuere, de esta rara situación emergen dos posibilidades. O bien los correos fueron eliminados con extrema e —inusual— rapidez (inmediatamente al cese de Pérez Banchero). En operativa sin precedentes. O bien fueron quitados de la disponibilidad pública durante la pendencia de este mismo proceso judicial. Siendo que, para ambas hipótesis, la conducta anotada arroja un manto de dudas sobre la denuncia de Pérez Banchero. Lo cual refuerza su probable credibilidad. Y, desde ya, afirma el profundo interés que todo este asunto tiene para la opinión pública”.