Un juzgado de Trabajo de primera instancia le dio la razón a la exdiputada suplente Martina Casás en una demanda por despido indirecto y abusivo contra el sector Marea Frenteamplista.
La jueza consideró probado que la exdiputada fue víctima de acoso sexual por parte de su jerarca inmediato, el exlegislador Gustavo Olmos
Un juzgado de Trabajo de primera instancia le dio la razón a la exdiputada suplente Martina Casás en una demanda por despido indirecto y abusivo contra el sector Marea Frenteamplista.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáCasás denunció en 2023 al entonces diputado Gustavo Olmos (quien falleció en setiembre de 2025) por presunto acoso sexual ante el sector que ambos compartían. También acudió a la Justicia laboral y a la penal.
Fuerza Renovadora, grupo al que pertenece Marea, decidió elevar el caso al Tribunal de Conducta Política del Frente Amplio (FA), que analizó la denuncia y laudó el tema a favor de Olmos, al considerar que no quedó comprobado que hubiera existido acoso sexual. El Plenario del Frente Amplio resolvió en marzo de 2024 respaldar la conclusión del tribunal, aunque dejó abierta la posibilidad de revisar la resolución si había novedades en los ámbitos judiciales.
La denuncia penal fue archivada por la Fiscalía. El reclamo laboral, en tanto, tuvo éxito en primera instancia, aunque, según informó la diaria, el sector apelará.
El fallo de la jueza Stefania Barosio, al que accedió Búsqueda, condenó a Marea Frenteamplista a pagar a Casás una indemnización de $700.000 por "despido indirecto y abusivo", más multas, reajustes e intereses legales.
En su fallo, firmado este jueves 16, la magistrada argumentó que, contrario a la posición del sector -que negó la existencia de una relación de trabajo-, Casás se desempeñaba como asesora del diputado Olmos, quién le transfería todos los meses una suma de dinero como remuneración, en el marco de un contrato de naturaleza laboral con Marea.
Probada la relación laboral, la jueza consideró demostrado también que la exdiputada sufrió acoso sexual por parte del diputado, su "jerarca inmediato".
La ley 18.561 prevé que los trabajadores víctimas de acoso sexual pueden reclamar una indemnización por daño moral o por considerarse despedidos de manera indirecta o abusiva. La magistrada señaló que la valoración de la prueba del acoso debe hacerse desde la "perspectiva de la víctima" y a partir de ello analizó los testimonios de Casás, de peritos psicólogos y de otros legisladores, colaboradores y dirigentes del sector.
La jueza tomó en cuenta que el propio Olmos en su declaración admitió "la existencia de acercamientos corporales" y de "picos" entre él y la exdiputada. Para Barosio, no hay evidencia de que dichos comportamientos respondieran a un "vínculo consensuado", como afirmó el diputado durante el juicio. "Por el contrario", sostuvo la jueza, de las pruebas "se puede inferir que dichas conductas no eran deseadas" por Casás.
La magistrada señaló en su fallo que Olmos "estaba en una posición jerárquica frente a Casás. Y no solo respecto de ella, sino dentro de la agrupación política".
La jueza concluyó que "con el cúmulo de indicios reunidos y demás pruebas relevadas" quedó acreditado "el comportamiento inadecuado con connotaciones sexuales practicado hacia la Sra. Martina Casás por parte de su jerarca inmediato Sr. Gustavo Olmos, no deseado por ella, y que, no sólo le creó un ambiente de trabajo hostil o humillante, sino que amenazó con producirle un perjuicio en su situación laboral".
Casás declaró a la diaria que se siente “aliviada” por la sentencia. Fuentes frenteamplistas dijeron a Búsqueda que es posible que la fuerza política deba llevar a cabo una reevaluación interna del caso, dado que el Plenario definió que su resolución podía ser revisada a partir de los resultados de las investigaciones judiciales.