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El gobierno rebajó la cantidad de tierras que perderá Colonización
Hace un mes calculó unas 70.000 hectáreas y ahora disminuyó a 44.000 hectáreas la cartera a ser afectada
Miles de hectáreas de tierras serán desafectadas de la administración estatal, lo que valorizará esos campos y liberará a sus propietarios de la posibilidad de
Uno de los temas que ocasiona discrepancias entre el oficialismo y la oposición en los artículos vinculados al sector agropecuario en el proyecto de ley de urgente consideración es el relativo a cambios en el Instituto Nacional de Colonización (INC).
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Las posiciones encontradas que quedaron en evidencia en la discusión parlamentaria están enfocadas en la extensión de campos que serán desafectados de la administración de ese ente autónomo estatal y el impacto que eso puede tener en el funcionamiento de las colonias y en el beneficio que resultaría de esa medida.
“Declárase que no están afectadas ni comprendidas por la Administración y el régimen instituido por la Ley N° 11.029, de 12 de enero de 1948, y sus modificativas, las parcelas que integran las colonias que hayan sido enajenadas o prometidas en venta por la Comisión Asesora de Colonización o la Sección Fomento Rural y Colonización del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)”. Eso es lo que establece el artículo 353 del proyecto de ley en cuestión. Al comparecer en la comisión especial para el estudio de la LUC en el Parlamento, el subsecretario de Ganadería, Ignacio Buffa, comentó que en lo relativo al Instituto Nacional de Colonización una de las primeras cosas que hizo el Poder Ejecutivo fue “tratar de cuantificar las personas que se iban a ver afectadas por la medida propuesta”.
Aseguró que “la desafectación de las fracciones compradas antes de 1948 (cuando se creó el INC) no incide en el patrimonio del Instituto, porque se trata de campos que son propiedad de diferentes personas”. Y “afecta a 637 personas y casi 44.000 hectáreas”, precisó.
Detalló que, de esas 637 personas, “más de la mitad están en predios chicos en términos de área —entre 0 y 50 hectáreas—, que pueden llegar a ser muy significativos en rubros como la granja”.
“Esto es importante para las personas que se van a ver desafectadas de la ley” y “no afecta el patrimonio de Colonización, pero tiene efectos muy significativos en estas fracciones porque al quedar liberados de la ley se generan flexibilidades, por ejemplo, a la hora de enajenar esos bienes”. Eso dijo en alusión a que esos campos pasarán a tener una mayor valorización, debido a que salen de lo que es una política subsidiada por el Estado al establecer rentas que están en casi la mitad de lo que se cobra en el mercado de inmuebles rurales.
Tras esa exposición de Buffa, en la que rebajó el impacto de esa medida y apuntó a los pequeños productores, especialmente graneros, el diputado del Movimiento de Participación Popular (MPP), Alejandro Sánchez, le salió al cruce para cuestionar el manejo del asunto por parte de la actual administración.
“Según nuestros informes, estamos hablando de que posiblemente se desafecten 100.000 hectáreas”, dijo, y recordó que “en la comparecencia ante la Comisión del Senado de la República, la delegación del Ministerio hizo referencia a 70.000 hectáreas; ahora corrigen, y dicen 43.000 hectáreas y no sé qué”.
“Esto me genera una reflexión en el sentido de que claramente tenemos dificultades para analizar esta disposición”, consideró. Y advirtió: “Está incluido en una ley de urgencia un tema que deberíamos tratar más en profundidad”.
Ese diputado frenteamplista se mostró crítico respecto al tema y afirmó que el artículo en discusión “deja muchas dudas, (ya) que hoy el Ministerio nos proporciona una cifra que es casi 40% menor que la que dio en el Senado, y que representa, aproximadamente, 60% menos que la cifra que tenemos, de acuerdo con lo que nos han informado nuestros asesores”.
Otro aspecto cuestionado por Sánchez es que “la desafectación (de tierras) del imperio de la ley de colonización termina causando cambios en el uso de la tierra, porque el foco no está en la propiedad, sino en el uso de la tierra”.
“Donde teníamos un colono, podremos tener, por ejemplo, a alguien que podrá arrendar el ciento por ciento de su tierra”, comentó a modo de ejemplo.
Remarcó que con esta desafectación de la ley de colonización “se permite que se pueda disponer libremente de la propiedad”.
Flexibilización.
Otro de los cambios propuestos en la LUC respecto a Colonización y en cuanto a la legislación vigente es el referido a las obligaciones de los colonos que acceden a las tierras estatales. La normativa vigente establece como requisito para los colonos “trabajar en el predio bajo su dirección y supervisión directa y habitarlo, salvo, en este último caso, que la colonia esté organizada o se organice bajo el sistema de viviendas agrupadas en poblados”.
Según el proyecto en estudio, el Directorio del INC podrá autorizar la excepción a esa obligación cuando se trate de colonos que cumplan las siguientes condiciones: “Que hayan tenido una radicación por un plazo mínimo de 10 años, que hayan cumplido con el plan de inversiones comprometido si lo hubiere; o que invoquen razones fundadas de salud, educación o trabajo del colono o los integrantes del núcleo familiar”. Establece también que, “en caso de que se invocaren razones de salud, debidamente fundadas antes de los 10 años de radicación, se podrá excepcionar de tal obligación con el voto conforme de cuatro miembros del directorio”.