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    Institutos públicos agropecuarios recurren a decretar la “confidencialidad”, tras la divulgación periodística de datos

    Pese a que la Unidad de Acceso a Información Pública (UAIP), que es el órgano asesor del Poder Ejecutivo en esa materia, dictaminó que la información sobre las cuotas de exportación de carne vacuna Hilton (Unión Europea) y USA (Estados Unidos) “es de interés público” y “puede ser brindada al solicitante”, el Instituto Nacional de Carnes (Inac) resolvió declararla “confidencial”.

    En una resolución fechada el 30 de agosto pasado y firmada por el presidente de ese organismo, Federico Stanham, se consideró que “es oportuno y conveniente dictar resolución, clasificando la información con la finalidad de proteger los bienes jurídicos, esto es, la imagen de Uruguay como productor y exportador de carnes y la marca país”.

    “La divulgación de la información solicitada afectaría esos bienes jurídicos y podrían ocasionar daño en cuanto a la reducción o supresión del cupo correspondiente y el arancel (aduanero) aplicable a la mercadería a exportar, entre otras, ya que la información de distribución de las cuotas puede ser utilizada por los competidores nacionales y/o extranjeros”, argumentó el dictamen.

    Planteó que “cuando se adjudica, transfiere o se reasigna una cuota se está trabajando sobre negocios concertados, aún no finalizados o concluidos por empresas privadas, relativos a la persona física o jurídica, los cuales comprenden hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, que pueden ser útiles a un competidor”.

    La determinación del Inac se limitó exclusivamente a las adjudicaciones de los cupos de exportaciones de carne de 2017 y 2018, que eran los años incluidos en los pedidos de acceso a información pública realizados por Búsqueda en marzo de 2017 y en agosto de 2018. La solicitud comprendía los nombres de los frigoríficos que acceden a esos contingentes arancelarios, en volumen y en porcentaje del total, además de los precios promedio y volumen exportado registrados en esos negocios. Esa información fue entregada por Inac en años anteriores, específicamente en 2012 y 2014, pero bajo la administración de Stanham hubo un cambio de criterio en el manejo de esos datos.

    En un informe jurídico, fechado el 3 de agosto de 2017, la UAIP señaló que la información referida a la distribución de esos cupos de exportación de carne “debe ser publicada porque es de utilidad o relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas que son responsabilidad del sujeto obligado” (Búsqueda Nº 1.939).

    En cuanto al argumento esgrimido por el INAC sobre el riesgo de que la información de las empresas que reciben las cuotas pueda ser utilizada por sus competidores, es necesario señalar que las resoluciones correspondientes en las que figuran los nombres de las empresas y el volumen de carne concedido para exportar son entregadas a todos los integrantes de la Junta Directiva del Inac. Eso implica que los representantes de las gremiales de frigoríficos y de los productores ganaderos reciben una copia de esas resoluciones. Por lo tanto, las empresas que integran esas agremiaciones tienen acceso al nombre de los frigoríficos a los que se les adjudicaron parte de las cuotas en cuestión. Es así que las plantas de faena que compiten en el mercado cárnico pueden recibir los datos de cuánto porcentaje tiene cada frigorífico.

    Otro dato a tener en cuenta es que en el sector cárnico uruguayo operan grupos de Brasil, como Marfrig y Minerva, que tienen una porción importante de la faena y de las exportaciones.

    Colonización.

    Tras la divulgación por parte de Búsqueda (1.979 y 1.981) de la decisión del Instituto Nacional de Colonización (INC) de comprar un campo de un exdirector del ente estatal por un precio de US$ 6.300 por hectárea, el directorio de ese organismo envió un correo electrónico a sus funcionarios con una queja por la difusión de datos contenidos en el expediente del caso.

    “Recientemente salieron en la prensa artículos referidos a la compra por parte del INC de la fracción Nº 35 de la Colonia César Mayo Gutiérrez, (Búsqueda 26 de julio y 3 de agosto, entre otros medios) en los cuales se maneja información que figura exclusivamente en el expediente administrativo”, señala el directorio en el correo.

    Advierte que “brindar información interna no autorizada constituye una clara infracción a las obligaciones de los funcionarios establecidas en el Estatuto para los Funcionarios del INC”.

    “Del registro del sistema de información del INC, surge qué funcionarios descargan y/o actúan en cada expediente, quedando debidamente registrado fecha, hora y tipo de actuación (informes, despacho o remisión de expediente, redacción de resolución, etcétera), así como si simplemente se visualizó o descargó un expediente sin motivo funcional alguno”, indica.

    Considera: “Nos parece importante socializar lo ocurrido y reiterar la responsabilidad que se tiene en el manejo de la información pública, evitando situaciones que pongan en cuestión la política de transparencia que estamos desarrollando”.

    “El cuidado de la institución de la que todos somos parte, el cumplimiento de la ley y la mejora de la gestión se desarrolla en un marco de confianza, que resulta un valor sustantivo”, sostiene.

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