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    Luego de que la Dinama constató afectación del agua en Tacuarembó, un corral de engorde de ganado adoptará las medidas correctivas

    El Ministerio de Ambiente decidió dar vista de sanción a la empresa ADP, que está dispuesta a pagar la multa
    Redactor Agro de Búsqueda

    Tras detectar la “afectación de la calidad del agua” por “haber vertido efluentes” de un corral de engorde de vacunos en una cañada en el departamento de Tacuarembó, el Ministerio de Ambiente intimó a la empresa Agronegocios del Plata (ADP) a “presentar solicitud de autorización de desagüe” ante esa secretaría de Estado “en un plazo máximo de dos meses” y a plantear “medidas transitorias de contingencia para evitar vertidos a la referida cañada hasta tanto cuente con la autorización correspondiente” en un “plazo de 10 días”.

    En respuesta a esa determinación, “ADP inició el trámite correspondiente y presentó a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) el informe y las medidas requeridas, las cuales están siendo analizadas por el organismo”, según un comunicado de esa firma enviado a Búsqueda.

    En el texto informó que la inspección de la Dinama “sugiere una mejora en el vertido de efluentes desde la laguna de almacenamiento, que implica una autorización de desagüe” ante el Ministerio de Ambiente, y “presentar medidas transitorias de contingencia para mejorar dichos tratamientos de efluentes y que detallen el procedimiento actual, hasta que se otorgue la autorización de desagüe definitiva”.

    “Actualmente, el sistema de tratamiento de efluentes del establecimiento consta de canales que conducen los efluentes de los corrales a dos sistemas de lagunas”, señaló. Aseguró que “ambos sistemas cuentan con un sedimentador y una laguna de almacenamiento”. “Al llenarse la primera, los efluentes son canalizados hacia la segunda”, explicó la empresa.

    Planteó a su vez que “las lagunas de almacenamiento del predio cuentan con una capacidad aproximada de 18.000 metros cúbicos y se procederá a regar 15 hectáreas de chacra con el efluente almacenado y con los efluentes que puedan acumularse por posteriores lluvias, de modo de mantener vacías o parcialmente vacías las lagunas de almacenamiento antes de cada lluvia”.

    “El riego se realizará por aspersión, sobre suelo cubierto y no saturado”, detalló.

    Suspensión y achique

    La empresa anunció además que “pese a no ser una medida planteada, ADP decidió suspender el ingreso de ganado a este establecimiento, que actualmente cuenta con 3.600 animales y a fines de marzo quedarán 2.000 animales, siendo su capacidad máxima de 5.900”.

    Considerando esa decisión, el achique en la cantidad de reses del establecimiento en Caraguatá, Tacuarembó, significará la utilización de menos de la mitad de su capacidad.

    Hay que tener en cuenta que actualmente el negocio del feedlot enfrenta varios desafíos en cuanto a su rentabilidad, debido al alza en el precio de los granos y a la menor demanda de carne en la Unión Europea por el impacto negativo de la pandemia de Covid-19.

    En otro orden, el área de control y desempeño ambiental de la Dinama sugirió al ministro de Ambiente, Adrián Peña, dar vista a la empresa por el término de 10 días que es pasible de una sanción por un monto de 300 unidades reajustables ($ 387.588, considerando el valor de febrero, mes en el que planteó esa multa).

    Pero hasta el momento ADP recibió la intimación de la Dinama respecto a adoptar las medidas señaladas, principalmente en cuanto al tratamiento de efluentes y riego, sin aplicar sanción pecuniaria.

    “Aún no hubo notificación formal de la multa, por lo que no se puede pagar, sino que fue una sugerencia de la inspección a Dinama, que debe resolver, pero obviamente si ese organismo determina una multa de más está decir que vamos a acatar y pagar lo que corresponda”, respondió a Búsqueda la empresa en cuestión.

    Consultado sobre este asunto, el ministro de Ambiente señaló a Búsqueda que resolvió dar “vista de sanción por 300 UR”. Ahora “hay que ver si hay descargos (de la empresa) y en función de eso se aplica o no la sanción”, indicó.

    Y consideró: “En la mayoría de los casos cuando se da la vista es porque tenemos certezas de la infracción, y los descargos usualmente no son de recibo”.

    Hipótesis

    El caso surgió a partir de denuncias de vecinos de la localidad mencionada al encontrar peces y otros animales muertos en enero en una cañada cercana al feedlot de esa firma.

    En reacción a esas denuncias, técnicos de la Dirección Nacional de Aguas (Dinagua) realizaron una inspección en el lugar y en su informe indicaron que “las escasas precipitaciones registradas y la situación de evaporación en esta época del año deberían haber atenuado posibles situaciones de desborde de los sistemas de almacenamiento y acumulación de líquidos residuales del emprendimiento hacia fuera del sistema”. “Por lo tanto, no se puede adjudicar el desborde como algo puntual por un episodio de lluvia”, plantearon.

    Admitieron que “no se cuenta con elementos como para determinar la razón de la muerte de los peces al no contarse con muestras de los mismos, dado que no se encontró peces muertos en el arroyo el día de la inspección (20 de enero)”.

    “Aunque cabe la hipótesis de que las escasas precipitaciones hagan que la citada cañada funcione como un curso intermitente con una situación de bajo o nulo caudal, junto con la alta actividad biológica por parte de los descomponedores durante la noche debido al alto contenido de materia orgánica aportado puntualmente durante el evento de lluvia desde el emprendimiento denunciado”, analizaron.

    Y sugirieron que eso “determinaría que se dieran condiciones de anoxia que llevaría, entre otras cosas, a la mortandad de peces registrada en las fotos por los denunciantes”.

    “Por lo tanto, no se puede atribuir la muerte de peces a los episodios de desbordes”, determinaron.

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