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    Presupuesto del MGAP crea unidad de bioseguridad, exigencia legal de planes de suelos y más trazabilidad

    Trazabilidad en frutas y hortalizas frescas, formalización legal de la exigencia de los planes de uso y manejo de suelos, rebaja de las multas máximas a los infractores del agro, y otras modificaciones, figuran entre las novedades que definió el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) en el proyecto de ley de Presupuesto para el período 2016 – 2020.

    En ese texto figura una nueva unidad ejecutora que será la Dirección General de Bioseguridad, encargada de “coordinar y ejecutar las políticas” en esa materia y en lo relativo a organismos genéticamente modificados, la inocuidad alimentaria y el “sistema de control zoosanitario y fitosanitario” de personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan a Uruguay por cualquier medio de transporte.

    Otras funciones de esa repartición serán el asesorar al ministro de Ganadería y a las unidades ejecutoras del MGAP y articular con la institucionalidad agropecuaria, en temas vinculados a la bioseguridad de transgénicos, barreras sanitarias e inocuidad alimentaria, así como el instrumentar, coordinar y monitorear el análisis caso a caso de la evalución de riesgo sobre bases científicas objetivas, según se establece.

    Para financiar la creación de esa nueva oficina, el gobierno destinó $ 1,8 millones y prevé la contratación de gerentes en inocuidad, en bioseguridad y en barreras sanitarias, además de designar un director general de bioseguridad y un coordinador de inocuidad.

    El Poder Ejecutivo otorgó a Ganadería la facultad de certificar desde el punto de vista sanitario, higiénico sanitario y de calidad, los animales y productos de origen animal provenientes de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria, de acuerdo a lo dispuesto por las normas locales e internacionales vigentes y a las exigencias de los mercados de exportación.

    Con ese propósito, la Dirección de Servicios Ganaderos establecerá las condiciones, requisitos y oportunidades de la habilitación sanitaria y el registro de predios destinados a la implantación de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria.

    Indica que el Ejecutivo reglamentará ese artículo dentro de los 180 días de entrada en vigencia de la ley de Presupuesto.

    Otras definiciones del MGAP comprenden el incremento del financiamiento otorgado a los proyectos “Desarrollo rural sustentable y empleo en cadenas de valor” en $ 42 millones y “Fortalecimiento, competitividad y desarrollo rural sostenible” en $ 18 millones, con la finalidad de “atender la calidad del agua, en forma inicial y prioritariamente de la cuenca del río Santa Lucía”.

    El gobierno autorizó a esa cartera de Estado a transferir las competencias de asesoría de la Dirección de Estadísticas Agropecuarias (DIEA) a la Oficina de Programación y Política Agropecuaria (Opypa), manteniéndose los cometidos, funciones, recursos y atribuciones asignados.

    Integrantes de esa oficina dijeron a Campo que la medida permitirá “potenciar” el trabajo de esa dependencia técnica asesora, que realiza el monitoreo y seguimiento de las cadenas productivas del agro y evalúa las políticas e intervenciones públicas en el sector.

    Exigencia gradual

    Así como en la ganadería, la miel, los pollos y los vinos, cada uno con sus peculiaridades, ahora el MGAP también pretende crear en la órbita de la Dirección de la Granja un sistema de trazabilidad de frutas y hortalizas frescas, con “alcance a todos los productos frutihortícolas” de Uruguay, que será de “aplicación y exigencia gradual”, según el proyecto de ley en cuestión. Adicionalmente, esa repartición ministerial deberá elaborar, mantener actualizadas, divulgar, implementar y controlar el cumplimiento de las buenas prácticas agrícolas en la producción de ese sector.

    Prevé además promover la inocuidad de las frutas y hortalizas frescas durante el proceso productivo, la cosecha, el transporte y en otras etapas de la comercialización y distribución de esos productos.

    Otra modificación prevista por Ganadería es la potestad de “exigir la presentación de planes de uso y manejo de suelos, que determinen la erosión tolerable, teniendo en cuenta los suelos del predio, la secuencia de cultivos y prácticas de manejo, en la forma y oportunidad” que defina la reglamentación. Esa facultad se suma a otras determinadas en la ley 15.239, de 1981, sobre el uso y conservación de suelos y aguas.

    El gobierno incorporó a la normativa legal la decisión de que los planes de suelos sean elaborados por ingenieros agrónomos acreditados en el MGAP, que serán los responsables de los datos ingresados y de los cometidos de los mismos. Esa planificación de cultivos deberá ser cumplida aunque cambie la titularidad del predio o la explotación, según el texto del proyecto de ley.

    En cuanto a designaciones de personal, figura que la Dirección General del MGAP contratará 19 directores departamentales que tendrán un contrato individual que no podrá exceder los $ 59.000 y que será financiado con créditos presupuestales del programa “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”.

    Tasas y multas

    La actual administración rebajó las diferentes multas que tiene la posibilidad de aplicar el Ministerio de Ganadería en las áreas de control y fiscalización, y creó nuevas tasas a cobrar en el ejercicio de sus funciones.

    La Dirección de Recursos Acuáticos pasará a cobrar una tasa de hasta 10.000 Unidades Indexadas (UI), que son $ 31.488, por cada solicitud de buques y embarcaciones pesqueras con bandera extranjera que ingresan a puertos ubicados en el territorio marítimo uruguayo, para el cumplimiento de tareas de apoyo y de inspección.

    En el capítulo vinculado a la exigencia de los planes de suelos, la División de Servicios Jurídicos de Ganadería tendrá un tratamiento diferencial al de otros casos en cuanto a las sanciones a aplicar, ya que podrá establecer apercibimientos cuando el infractor no cuente con antecedentes, aplicar multas de entre 10 y 10.000 Unidades Reajustables (UR) y suspender por hasta un año las habilitaciones, permisos o autorizaciones para la actividad respectiva.

    Para el resto de las infracciones vinculadas a la actividad agropecuaria, el Poder Ejecutivo decidió cambiar el cálculo de las multas al pasar de UR a UI.

    Hasta el momento la sanción pecuniaria más baja es de 10 UR ($ 8.286) y la mayor es de 10.000 UR ($ 8,2 millones), y a partir de la aprobación de la ley de Presupuesto la mínima será de 2.603 UI ($ 8.196) y la máxima de 520.518 UI ($ 1,6 millones).

    Estableció además que en los casos de infracción a las normas que regulan los programas de control y erradicación de la brucelosis y la tuberculosis la multa máxima será de 2.602.592 UI ($ 8,2 millones) y para sancionar la deforestación de bosques nativos el monto a cobrar será de entre 10.410 UI (32.779) y 104.104 UI (327.802).

    Por otra parte, Ganadería cobrará nuevas tasas por habilitaciones higiénico sanitarias y de mantenimiento, ampliación y auditorías de los establecimientos de faena, industrializadores, y depósitos de carne, productos cárnicos, subproductos y derivados de las especies bovinas, ovinas, porcinas, equinas, avícolas, conejos, liebres y animales de caza menor, por 1.348,18 UI ($ 4.244) anual. La tasa, cuando se trate de habilitaciones para industrias lácteas, será de 1.013,29 UI ($ 3.189).

    Agro
    2015-09-10T00:00:00

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