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    MGAP dictó norma “diferencial” para silvopastoreo en campo natural; su falta “dificulta la regulación”

    “No es cierto que para plantar un árbol tenés que hacerlo asociado a una empresa”, dijo el presidente de Susilvo

    Basándose en que la “falta de una definición normativa diferencial” de los sistemas silvopastoriles en campo natural “dificulta su regulación, certificación y acceso a los incentivos públicos existentes”, entre otros argumentos, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) determinó una serie de “criterios técnicos que deberán cumplir los sistemas silvopastoriles sostenibles”.

    En una resolución fechada el 27 de octubre, y firmada por el ministro interino del MGAP, Matías Carámbula, determinó que los lineamientos mínimos a cumplir por estos sistemas comprenden: “densidad de entre 40 y 300 árboles por hectárea”, y el “diseño de plantación deberá contemplar callejones con un ancho mínimo de 18 metros” y “tres hileras contiguas”.

    En estos casos, la superficie afectada se calculará considerando el área efectivamente ocupada por los árboles, adicionando un 20% de dicha superficie, indica.

    Esta medida resuelta por el MGAP fue anunciada por el director forestal de esta cartera de Estado, Gastón Martínez, en entrevista con Agro de Búsqueda, que se publicó el 23 de octubre.

    “Estamos pensando en un tipo de resolución o una normativa sobre silvopastoreo con madera de calidad”, dijo el jerarca en esa ocasión.

    Y advirtió sobre la necesidad de una norma “diferencial” en campo natural y de la importancia de “cuidar aspectos técnicos” al hacerlo.

    “A veces en el campo natural, cuando se hacen sistemas forestales y se le hacen sombras con el árbol, ese campo natural se va a ver disminuido en su crecimiento, o se empiezan a perder las comunidades vegetales que hay debajo”, argumentó el jerarca al respecto.

    Monitoreo e inspecciones

    Respecto a los aspectos vinculados al “monitoreo” y la “evaluación”, la nueva norma dispone además que la Dirección General Forestal (DGF) realizará “inspecciones que verifiquen los lineamientos” mencionados, y establecerá el “sistema de monitoreo del estado de conservación del campo natural”.

    Estudios realizados por académicos demuestran que “la forestación en predios agropecuarios constituye una alternativa económicamente competitiva, que mejora la rentabilidad frente a la ganadería”, según el MGAP.

    En la resolución correspondiente, la actual administración planteó, entre los argumentos, los lineamientos establecidos en la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987, en cuanto a “promover, mejorar y crear recursos forestales para el desarrollo de la economía forestal”, y los “compromisos asumidos por Uruguay en el marco del Acuerdo de París”, adoptado en la capital francesa el 12 de diciembre de 2015 y aprobado por Ley nacional N° 19.439.

    Consideró también necesario “fomentar la integración de la forestación y la ganadería” en los predios agropecuarios, “de forma planificada y bajo criterios de sostenibilidad económica y ambiental”. Además de alinearse con el objetivo de “armonizar el uso del suelo con la conservación del campo natural”, la “mejora de la productividad ganadera” y el “cumplimiento de los compromisos climáticos asumidos” por el Uruguay.

    En cuanto a factores positivos de la temática en cuestión, el MGAP consideró que “la incorporación de árboles en sistemas ganaderos, bajo esquemas silvopastoriles sostenibles” en áreas de campo natural, “aporta múltiples beneficios ambientales, sociales y productivos”.

    Entre los cuales, la secretaría de Estado destacó: la “provisión de sombra y abrigo para el ganado”, lo que “mejora su bienestar”; el “secuestro de carbono y la mitigación del cambio climático”; la “preservación del campo natural y de la biodiversidad asociada a este ecosistema”; así como la “diversificación productiva” y la “resiliencia económica”.

    Mirada holística del sistema

    Al ser consultado sobre la nueva normativa diferencial en cuestión y los criterios establecidos, el presidente de la Sociedad Uruguaya de Silvopastoreo (Susilvo), José Dutra, señaló a Agro de Búsqueda que en un documento elaborado por esta gremial en 2024 se fijaron “los parámetros e indicadores en los que ahora se apoyó la DGF para esta resolución”.

    La postura de esta asociación es que no es lo mismo tener vacas en plantaciones forestales con fines industriales, como para producir celulosa, que tener un sistema silvopastoril.

    De hecho, la Susilvo tiene una posición crítica respecto a las empresas que quieren dar la imagen de impulsar el silvopastoreo, pero no cumplen con los criterios de este tipo de sistemas productivos.

    Esta gremial fue creada hace cuatro años, el 20 de noviembre de 2021, está integrada por productores, instituciones, administradores y empresas vinculadas a los sistemas silvopastoriles, y entre las instituciones que trabajan en esto figuran el Polo Agroforestal, las facultades estatales de Agronomía y de Veterinaria, el Centro Universitario Regional Noreste y el Instituto Plan Agropecuario.

    Entre los motivos de la fundación de la Susilvo es que “como productores veíamos que poner ganado en predios forestales, algo que se da mucho en el norte, en Tacuarembó y en Rivera, en emprendimientos de empresas grandes, es una alternativa interesante, pero no son sistemas silvopastoriles”, enfatizó.

    Para Dutra “había una confusión” en ese sentido, porque “como es lógico que las empresas forestales compran un predio para sacarle provecho con los árboles, no es pensando en la ganadería”. El productor valoró la nueva norma para diferenciar a estos sistemas, que se guían por parámetros técnicos en equilibrio entre las vacas y los árboles, y también el lanzamiento de una línea crediticia específica del Banco República.

    En julio de este año, autoridades del MGAP visitaron el establecimiento silvopastoril Abuelita, de José Dutra, ubicado en Batoví, Tacuarembó, donde se trató el documento base de la actual resolución y de la línea de créditos.

    Este sistema de producción “aporta a la biodiversidad, a la vida social de los establecimientos y tiene una mirada más holística”, señaló el titular de la Susilvo.

    Sostuvo que “el número y la distribución de los árboles” en los sistemas silvopastoriles se determina teniendo en cuenta la posición de “los puntos cardinales, para que la entrada del sol favorezca el crecimiento de las pasturas”.

    Por eso, “nos sentíamos dolidos cuando se decía que esto era lo mismo que poner ganado en áreas forestadas”, cuando en realidad se trata de “algo mucho más complejo”, dijo.

    Dutra consideró que “la forestación tuvo un desarrollo a impulso de la ley forestal” de 1987, y “para resumir hay pocos que plantan mucho”.

    “Y no es cierto que para plantar un árbol en Uruguay tenés que hacerlo asociado a una empresa”, porque “uno puede hacerlo individualmente, como en la ganadería, la lechería o plantar soja”, advirtió.

    Por otra parte, si bien estaban al tanto de la nueva norma en cuestión, otros integrantes del sector forestal consultados por Agro de Búsqueda sobre la resolución del MGAP reaccionaron con cierta “sorpresa”, ya que no hubo una instancia de “intercambio directo” previo a la divulgación de la misma.

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