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DGI no dispone de datos sobre el cobro de IVA por bolsas contaminantes
El Ministerio de Economía denegó información relativa a la aplicación de la ley y del decreto que buscan reducir el impacto ambiental por el uso de bolsas plásticas desestimulando su uso y promoviendo su reuso y su reciclaje
La normativa reguló el uso de las bolsas de plástico con el propósito de proteger el medio ambiente
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) denegó a Búsqueda el acceso a la información pública solicitada sobre aspectos relacionados con las normas que, entre otras cosas, prohibieron fabricar, importar, distribuir, vender y entregar bolsas plásticas que no sean compostables o biodegradables. El argumento, en el caso de la recaudación impositiva prevista, fue que no cuenta con los datos solicitados.
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El pedido requirió estadísticas sobre la cantidad de establecimientos comerciales o de otro tipo que hayan sido alcanzados por la obligación de cobro de las bolsas plásticas, por año y del último dato acumulado disponible para 2024, desde la vigencia de la Ley 19.655 de 2018 y su decreto reglamentario de 2019, el número de bolsas plásticas entregadas que se facturaron y el precio unitario promedio de estas para iguales períodos. También se solicitó información discriminada por tipo de bolsa plástica (camiseta, asa de lazo, asa troquelada, rectangular), así como la recaudación del Impuesto al Valor Agregado asociada a las bolsas plásticas cobradas por año y del último dato acumulado disponible correspondiente a 2024. En los considerandos de la respuesta el MEF alegó que la solicitud de acceso a la información no implica la exigencia para los sujetos obligados de crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En ese sentido, expresó que la División Planificación, Estudios y Coordinación de la Dirección General Impositiva indicó que “no dispone de la información referida a la cantidad de establecimientos alcanzados por la obligación de cobro de bolsas plásticas ni la cantidad de bolsas entregadas facturadas y su precio promedio”.
El ministerio también recordó que el decreto reglamentario de la Ley 19.655 creó el registro de fabricantes o importadores de bolsas plásticas en la órbita de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Ambiente y que los sujetos registrados deben presentar ante esa entidad una declaración jurada antes del 30 de marzo de cada año en la que se indiquen las cantidades y el tipo de bolsas comercializadas. Respecto a la recaudación, “no dispone de información relativa a las enajenaciones de estos bienes, ni una forma de discriminar en el IVA recaudado la proporción asociada a dichas transacciones”.
La norma vigente prohíbe fabricar, importar, distribuir, vender y entregar bolsas plásticas que no sean compostables o biodegradables. A su vez, estableció que las bolsas plásticas autorizadas y las reutilizables fabricadas con material reciclado deberán cobrarse al público fijando su precio mínimo y la forma de facturación (detallando cantidad y precio de las bolsas entregadas). El cumplimiento de estas disposiciones empezó a regir en el transcurso de 2019.