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El Ministerio de Trabajo reverá marco de contratación laboral vinculado a las artes
Con exoneraciones en aportes patronales y a través de cooperativas, el Estado y algunas empresas emplean a comunicadores y talleristas en animación y deporte, entre otros “oficios conexos” al arte
Sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Músicos, actores, bailarines, fotógrafos, pintores o vestuaristas; todo aquel que oficie una forma de arte en Uruguay tiene derecho a ser amparado por el sistema de seguridad social. No siempre fue así, y el 2008 fue un año importante en ese sentido. Mientras se trataba en el Parlamento la Ley del Artista y Oficios Conexos (18.384), que brindó el marco legal para facilitar el cómputo del tiempo de trabajo artístico en el Banco de Previsión Social (BPS), distintas gremiales encontraron una ventana de oportunidad para expandir la discusión a la Ley de Cooperativas (18.407), aprobada ese mismo año.
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Tres años después nació Cooparte, una de las cooperativas de trabajo y “de artes y oficios conexos” que en el último año permitió a un aproximado de 4.000 asociados facturar por sus servicios en relación de independencia —sin necesidad de crear una empresa unipersonal— y, al mismo tiempo, aportar todos los tributos correspondientes para una futura jubilación.
El manual de materia gravada del BPS reconoce como artista a quien “ejecuta una obra artística” o realiza actividades “que implican un proceso creativo”. Si bien no está especificado en el texto de la ley, ejemplifica el término oficios conexos con tareas como iluminación, vestuario, escenografía o maquillaje. Lo cierto es que en los últimos años, los límites se fueron difuminando y las cooperativas de artes comenzaron a incorporar a talleristas en animación, deporte y horticultura, así como a periodistas, publicistas y otras disciplinas vinculadas a las ciencias de la comunicación.
El tema no solo pasó por las puertas de Cooparte. La Ley del Artista creó en el seno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) una Comisión Certificadora, que tiene el deber de fiscalizar las solicitudes de quienes deseen integrarse al Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas, principal requisito para facturar en una cooperativa de artes. Dicha comisión tuvo períodos de inactividad, dijo a Búsqueda el presidente de Cooparte, Mario Varela, y confirmaron fuentes del MTSS. Se dio especialmente entre fines de 2024 y setiembre de este año, cuando finalmente se logró la convocatoria para el llamado de nuevos integrantes (tres representantes del gobierno y dos de las gremiales de artistas).
Ante los “inconvenientes”, relató Varela, la cooperativa flexibilizó los requisitos para aceptar socios con tareas ajenas al arte. Podían hacerlo porque, en realidad, el MTSS no llegaba a aprobar a los solicitantes el “certificado del artista”, sino que ante la solicitud les brindaba un permiso provisorio por seis meses, válido para cotizar como artista cooperativista. “Un poco donde nosotros teníamos la duda, y por eso éramos tolerantes, era cuando a alguien se le terminaba el certificado provisorio por seis meses. ¿Hay que darle de baja y decirle ‘no podés seguir aportando, andate y trabajá en negro’?”, se preguntó.
Federico Araya, titular de la Dirección Nacional de Empleo —oficina del MTSS de la que depende la Comisión Certificadora—, reconoció en conversación con Búsqueda que la clasificación de los “oficios conexos” representa hoy “todo un problema”, y que es necesario actualizar la Ley del Artista porque “quedó vieja”. Si bien tuvo una modificación en 2023 que buscó sumar a los escritores y artistas plásticos, el cambio aún no fue reglamentado.
Conveniencia
La actividad artística regulada está atada al sector público, tanto que en 2025 la cotización en Cooparte descendió por ser el primer año de un nuevo gobierno, “algo natural que pasa siempre”, señaló Varela. A juzgar por la lista de deudores por ventas de servicios pendientes de cobro en los estados contables de 2024, entre los contratantes públicos por Cooparte prevalecen las intendencias de Montevideo y de Río Negro, y la Dirección Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura. En el sector privado figuran el hotel Enjoy Punta del Este (Baluma S.A.), Maltería Oriental S.A. y Canal 10 (Saeta), entre otros.
“Lamentablemente el Estado o algunos contratantes vieron que el sistema de facturación de las cooperativas les era bastante conveniente porque evitaban toda la interna de tener que contratar. Entonces, empezaron a mandar hacia la cooperativa gente que no tenía relación con la actividad artística”, declaró el presidente de Cooparte.
Para Danilo Gutiérrez, ex director ejecutivo del Instituto Nacional del Cooperativismo (Inacoop), sale “más económico” la contratación por cooperativas por varios factores: tienen exoneraciones en los aportes patronales, algo que a su juicio no es “tan significativo”, y “no aspiran a obtener los márgenes que procuran las empresas comerciales”. También resulta menos probable que, transcurrido un tiempo, el trabajador cooperativista le reclame al Estado ingresar como funcionario público o exija una equiparación salarial. Aunque los organismos contraten los servicios del artista, la relación contractual es con la cooperativa, lo cual hace que la relación sea “más indirecta”, explicó.
A modo de referencia, al cooperativista se le deduce de su factura entre 19,6% y 23,1% en aportes personales —jubilación, Sistema Nacional de Salud (SNIS) y Fonasa— más un 5% de complemento al SNIS bajo el concepto de aporte patronal, más otro 5% entre aportes gremiales y al fondo de la cooperativa. Puede haber un complemento de la cuota mutual dependiendo del monto de la factura.
“Nosotros recomendamos a la gente que si puede constituirse como una empresa siempre va a ser mucho más beneficioso, porque los costos van a ser menores. En general, y lo digo por experiencia, la gente lo hace (facturar en una cooperativa) por comodidad”, acotó Varela.
Nueva etapa
La situación cambió recientemente. La Comisión Certificadora del MTSS comenzó a “ponerse al día” y a rechazar las solicitudes de aquellos oficios no alcanzados por la normativa, lo que está dejando “a un montón de gente por fuera”, indicó el presidente de Cooparte. El BPS también está reforzando la fiscalización a través del cruzamiento de datos, agregó.
Quienes no son artistas pero cotizan allí comenzaron a recibir la comunicación de que podían afiliarse a la nueva cooperativa Mutua Artes y Oficios Conexos, que está operativa desde el mes pasado, aunque fue fundada en 2018 por integrantes de Cooparte “previendo algún tipo de dificultad” a futuro, sostuvo Varela.
El estatuto social de la nueva entidad la describe como una cooperativa de trabajo a secas —y no de artes, eliminando el requisito del Registro del Artista—, por lo que puede incluir a quienes se desempeñan, en general, en lo relacionado con el “entretenimiento y la creatividad”. Así, Mutua cubrirá “otro flanco” para quienes no son artistas pero deseen facturar por una cooperativa, por ejemplo, porque tienen una actividad esporádica y no les sirve crear una empresa unipersonal.
Por todo esto y más es que el MTSS trabaja en dos proyectos de forma paralela; reglamentar vía decreto la modificación de 2023 y pensar en una Ley del Artista “más amplia y con mayores garantías” para los trabajadores y los contratantes, anunció Araya. “Hay distintas opiniones sobre qué es un artista, qué se entiende por arte y qué se entiende por cultura”, advirtió, por lo que los oficios a integrarse en una nueva norma aún se están negociando con los representantes de gremiales, como la Asociación Uruguaya de Músicos, la Sociedad Uruguaya de Actores y la Casa de los Escritores, entre otros.