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Militar preso en Domingo Arena acusa al presidente de la Suprema Corte de actuar con “sentimiento de venganza”
Para el coronel retirado Eduardo Ferro, el magistrado John Pérez tiene temor de “confrontar con el relato impuesto” sobre el pasado reciente; además, acusa a ONG y organizaciones como Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de ser “enemigos permanentes”
Eduardo Ferro está detenido en la cárcel de Domingo Arena desde 2021.
El coronel retirado Eduardo Ferro, detenido en la cárcel de Domingo Arena por crímenes de lesa humanidad, envió una carta al presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en la que cuestiona su actuación y la de otros jueces, a las que califica de formalistas y carentes de respuestas jurídicas de fondo en las causas de la última dictadura.
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“Su argumentación indirecta al abordar un tema sensible, como es la libertad de un ciudadano, en forma superficial, desde un formalismo vacío de contenido jurídico, evita deliberadamente responder a las deficiencias jurídicas señaladas. Usted no brinda respuestas ni decisiones. Usted no lidera, no conduce, no inspira, no tiene iniciativa, no corrige, no encara el fondo de los asuntos de su competencia; se limita a contemplar superficialmente los temas delicados referentes al ‘pasado reciente’ temeroso de confrontar con el ‘relato’ impuesto”, señala Ferro en un documento fechado en diciembre y al cual accedió Búsqueda.
“Me temo que, influenciado por ese temor o por un sentimiento íntimo de venganza, usted sustenta argumentos jurídicos que vulneran los principios básicos del Derecho, argumentos que, llevados hipotéticamente a una mesa examinadora, usted reprobaría el examen”, añade en referencia a John Pérez, al frente de la SCJ desde febrero.
Información-John Pérez-SCJ-Libros-Pablo La Rosa-adhocFOTOS
John Pérez asumió formalmente en febrero el cargo de presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Pablo La Rosa/adhocFOTOS
Se trata de la segunda misiva enviada en las últimas semanas por Ferro a Pérez. En prisión por la desaparición forzada del militante comunista Óscar Tassino en 1977, el militar ya le había escrito en octubre para cuestionar la base jurídica del procesamiento dictado en 2021, que luego derivó en su condena formal. Argumentó que, al momento de suceder el hecho en 1977, la calificación de “delitos de lesa humanidad” —atribuida, entre otros, a la desaparición forzada— no estaba incorporada en la legislación interna uruguaya, y que ese carácter fue introducido recién en 2006, con la ley de implementación del Estatuto de Roma del Tribunal Penal Internacional.
Sobre esa primera carta informó El Observador el 2 de diciembre: “Surge la duda, obvia, de cómo es posible ser condenado por una figura delictiva que no existía en el Código Penal en la oportunidad de los hechos”, planteó Ferro. Para el artículo, Pérez remitió una sentencia que redactó en 2022 en la que desarrolla los ejes centrales de su posición jurídica. Afirma que, si bien el principio general del derecho penal establece que nadie puede ser condenado por un delito que no estaba tipificado al momento de los hechos —principio de legalidad y de irretroactividad—, ese criterio admite una excepción en el caso de crímenes que ya eran reconocidos como tales por los principios generales del derecho internacional.
Presos políticos
Durante la última dictadura (1973-1985) Ferro integró el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), estructura del Ejército Nacional involucrada en tareas de inteligencia y represión contra organizaciones políticas y sindicales. En 2017 salió del país y se estableció en España sin comparecer ante la Justicia uruguaya, que lo había citado en el marco de causas vinculadas a violaciones a los derechos humanos. Fue detenido en 2021 en Valencia y posteriormente extraditado a Uruguay, donde lo condenaron a 21 años de prisión por su responsabilidad en la muerte de Tassino. Actualmente se encuentra recluido en Domingo Arena, donde cumplen condena la mayoría de los militares sentenciados por delitos vinculados al terrorismo de Estado.
Eduardo Ferro se encuentra en prisión por el asesinato de Óscar Tassino.
Mauricio Zina/adhocFOTOS
En 2024, además, fue imputado como presunto autor responsable de cuatro delitos de privación de libertad especialmente agravados y dos delitos de violencia privada especialmente agravados, dentro de la causa por el secuestro, en 1978 en Brasil, de los militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) Universindo Rodríguez y Lilián Celiberti, así como de dos de sus hijos. El secuestro forma parte de las investigaciones sobre el Plan Cóndor, el accionar represivo coordinado entre dictaduras del Cono Sur.
“La totalidad de los prisioneros políticos (porque es lo que somos) estamos procesados o condenados sin pruebas reales. Tal es así que destacados juristas y personalidades políticas, inclusive expresidentes, lo han expresado públicamente en varias oportunidades, poniendo en duda la fiabilidad del sistema judicial de turno”, reclama Ferro en su segunda carta, en la que aclara, al inicio, que es en respuesta a los argumentos presentados por Pérez a El Observador.
“Es por estos hechos, reales y constatables, que llego a la conclusión de que existe un sentimiento de venganza de su parte y de muchos de sus pares que siguen a rajatabla esas groseras desviaciones. Íntimamente, en soledad, concluyo que todo esto es una verdadera farsa, adornada de togas, con la complicidad de infames actores políticos de diversas tiendas”, agrega.
En su carta, Ferro advierte por las acciones y los intereses de organizaciones como el Partido por la Victoria del Pueblo.
Santiago Mazzarovich/adhocFOTOS
En esa línea, da paso a una exposición más amplia de carácter político e ideológico, en la que reivindica su accionar previo al inicio de la dictadura y cuestiona a organizaciones sociales y de derechos humanos, pasadas y actuales. Ferro afirma que actuó por orden del mando en la neutralización de grupos armados que, según sostiene, pretendían derrocar al gobierno democrático del momento, y asegura que es falso que esas organizaciones hayan sido derrotadas militarmente en 1972. A su entender, se oculta que durante la década de 1970 y comienzos de la de 1980 operaron otros grupos, apoyados desde el exterior y con capacidad logística e inteligencia, que fueron neutralizados con posterioridad.
A esas organizaciones las define como enemigos circunstanciales del momento, cuyos objetivos y formas cambiaron con el tiempo; aunque sostiene que persisten “enemigos permanentes”, como el Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), integrante en la actualidad del Frente Amplio. Define al PVP como un partido de orientación anarquista derivado directamente de la Organización Popular Revolucionaria 33 Orientales (OPR-33), un grupo guerrillero vinculado a la Federación Anarquista Uruguaya, activo a fines de la década de 1960 y comienzos de la de 1970.
En un listado algo ambiguo, Ferro también menciona al Observatorio Luz Ibarburu, Crisol, el Servicio Paz y Justicia (Serpaj), Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, la Fundación Mario Benedetti y la Fundación Zelmar Michelini, a “otras variadas ONG” y “a grupos de apoyo al grupo terrorista palestino Hamas”. A todos les atribuye “financiamientos dudosos que inciden directamente en el factor psicosocial, particularmente en la enseñanza, la cultura, los medios de comunicación, la judicatura y la política (con escaso éxito electoral), y que manipulan un poder permanente y paralelo”.