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    Ministerio del Interior reconoce oficialmente que realiza “ciberpatrullaje” para prevenir o investigar delitos

    Datysoc advierte por “riesgos” de la vigilancia online sin una regulación y piden legislación que exija una orden judicial para actuar en redes sociales

    Con un “sí” el Ministerio del Interior reconoció que realiza tareas de recolección de datos personales en fuentes abiertas para la prevención y la investigación de delitos, un concepto que describe al “ciberpatrullaje” cuando tiene un uso policial. Esa fue una de las respuestas que la cartera se vio obligada a dar, de forma oficial, luego de una sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 4º turno, frente a una demanda presentada por Datysoc, un proyecto que forma parte de la asociación civil Data Uruguay, que analiza el impacto de las tecnologías de la información en los derechos humanos.

    La contestación también fue afirmativa a la pregunta sobre “si se han realizado o aprobado estudios, regulaciones, propuestas de regulaciones o documentos para los cuales se hayan recopilado datos en fuentes abiertas”. El documento, al que accedió Búsqueda, fue emitido por la Dirección de la Policía Nacional el pasado 17 de junio y lo firmó el director de la Policía Nacional, José Manuel Azambuya.

    Datysoc había acudido al Poder Judicial luego de que el Ministerio del Interior no respondiera a una solicitud de acceso a la información pública que hizo en 2022 en el marco de una investigación regional que finalmente se publicó, sin las respuestas oficiales, al año siguiente.

    Con la información que recibieron ahora, los integrantes del proyecto —que son en su mayoría abogados— elaboraron un informe donde concluyen que la demanda les permitió confirmar que el Ministerio del Interior “se encuentra efectivamente haciendo tareas de ciberpatrullaje sin un marco normativo” que “garantice los derechos de las personas cuyos datos personales están en juego”. Para diferenciarlo del patrullaje policial en las calles, plantean que esta actividad tiene como objetivo principal el “análisis” de información de fuentes abiertas, se lleva adelante por agentes no identificados y que “es común” su aplicación sobre personas concretas que son objetivos de inteligencia.

    Fuentes abiertas son aquellas a las que puede accederse de forma libre. En el caso de Internet son, por ejemplo, las redes sociales, la información de medios de comunicación, los blogs o la información que esté presente en la deep web, la Internet oculta.

    “Los nuevos hallazgos confirman las preocupaciones” y “resulta cada día más urgente establecer normas que regulen estas prácticas, así como obligaciones de transparencia que garanticen que los procedimientos policiales cumplen con el debido proceso y los estándares internacionales de legalidad, necesidad y proporcionalidad, prohibiendo bajo toda circunstancia la vigilancia masiva e indiscriminada a la ciudadanía”, plantea Datysoc en el documento.

    El Dante equivocado

    La tarde del domingo 28 de abril se vio sacudida por un enfrentamiento entre adolescentes en los alrededores del shopping Nuevo Centro que había sido convocado a través de las redes sociales. Tras el episodio, el director de la Policía Nacional afirmó públicamente que estaban monitoreando las redes sociales para investigar y prevenir otras peleas callejeras que se pudieran convocar. Para eso, funcionarios de la Dirección de Inteligencia y de Investigaciones de la Jefatura de Montevideo buscaban mensajes donde se llamara a nuevos encuentros.

    Fue en el marco de esas tareas que la Policía detuvo, y luego la Justicia formalizó, a un adolescente, denominado Dante, que en las redes sociales aparecía como incitador de las peleas. La fiscal Mirna Busich había fundado su pedido de formalización en el informe de Inteligencia. Sin embargo se trataba del Dante equivocado. El que fue capturado era del barrio Santa Catalina y no estaba vinculado con los enfrentamientos, según denunció la familia, algo que luego fue constatado por la Justicia.

    La madre del menor, en diálogo con Nada que perder de Radio M24, señaló que el abogado les mostró las pruebas que tenía la policía, que eran imágenes de publicaciones en cuentas de Twitter y de Instagram, además de capturas de grupos de WhatsApp, donde una persona denominada Dante instigaba a los enfrentamientos, pero los mensajes no pertenecían a su hijo. Eran de otro Dante, del barrio Cerrito.

    Los integrantes de Datysoc consideran que este es un ejemplo que muestra “la importancia crucial de contar con límites, normas y protocolos claros para el uso policial de técnicas de inteligencia en fuentes abiertas”.

    Peleas Nuevocentro
    Despliegue de la Policía y la Guardia Republicana por disturbios en la zona de Nuevocentro Shopping en abril de 2024

    Despliegue de la Policía y la Guardia Republicana por disturbios en la zona de Nuevocentro Shopping en abril de 2024

    Para la organización, el hecho de que el ministerio haya respondido afirmativamente al segundo punto del pedido de acceso a la información pública —“si se han realizado o aprobado estudios, regulaciones, propuestas de regulaciones o documentos para los cuales se hayan recopilado datos en fuentes abiertas”— revela que “es una práctica extendida” que “va más allá” de las tareas de investigación y prevención al utilizarse las “técnicas de vigilancia” en cuestiones internas. A su vez, lamentan que la sentencia judicial haya impedido tener más detalles sobre qué tipo de documentos se realizaron con base en el monitoreo de plataformas de Internet.

    “Pone en peligro a la población”

    Durante todo el proceso el Ministerio del Interior consideró “casi de perogrullo que no puedan darse a conocer los medios y mecanismos que utiliza la policía para dar seguridad a sus ciudadanos”. En relación con esta afirmación, Datysoc cuestiona: “Si se aceptara como válido un principio así, la actuación policial sería siempre absolutamente opaca a la ciudadanía, que quedaría desprotegida ante posibles abusos de autoridad o violaciones de derechos humanos”. El razonamiento de la cartera, agregan, se basa en el “sobreentendido equivocado” de que “la divulgación de detalles sobre las prácticas policiales pone en peligro a la población”.

    En primera y en segunda instancia la Justicia le dio parcialmente la razón a Datysoc y obligó al Poder Ejecutivo a responder por sí o por no las preguntas, aunque lo libró de responder algunos detalles; entre ellos, qué dependencias realizan ciberpatrullaje, qué normativa, regulación o protocolo de actuación sustentan la recolección de datos y para la realización de qué estudios, regulaciones o documentos se recopilaron datos de fuentes abiertas.

    En el informe, desde Datysoc afirman que la información que fue solicitada “reviste un alto interés público”, dado que refiere al uso de tecnologías y técnicas de recolección de datos personales con fines de vigilancia, que son “potencialmente lesivos de las garantías civiles”. Consideran que los datos aportan a que la sociedad pueda conocer las políticas llevadas adelante por el Ministerio del Interior en un “área sensible” como es la seguridad pública, porque estas herramientas informáticas “aumentan de manera sustancial la capacidad de vigilancia del Estado” y eso “demanda una mayor transparencia en su uso y aplicación”.

    “No puede pasar por fuera del escrutinio público teniendo en cuenta los riesgos que su uso indebido supone para los derechos humanos, incluyendo el derecho a la privacidad, a la libertad de expresión y de reunión y el derecho de las personas a no ser detenidas arbitrariamente”, agrega.

    En su respuesta al pedido de acceso a la información pública, el ministerio también afirmó que no ha negociado ni firmado contratos con empresas privadas que se dediquen a la recopilación y análisis de datos de fuentes abiertas. Esa respuesta “sorprendió” a los integrantes del proyecto, según plantean en el documento, porque la cartera compró en 2020 un software que sirve para el análisis y la graficación de interacciones en redes sociales. “La adquisición de Ucinet, de la empresa privada Analythic Technologies, implica necesariamente que se ha firmado algún tipo de contrato con la compañía”, porque “no se trata de software libre o de código abierto, sino de un software privativo cuya compra implica el establecimiento de un acuerdo de licencia de uso”, indican. “La respuesta negativa del Ministerio del Interior a esta pregunta, por lo tanto, ameritaría una explicación”, consideraron.

    Por otro lado, plantearon que “afortunadamente” lo que “parecería quedar descartado” a partir de la contestación del ministerio es que se haya tercerizado a empresas privadas las tareas de análisis de datos personales de los uruguayos.

    Prohibir el “monitoreo indiscriminado”

    En las conclusiones del informe, Datysoc incluyó recomendaciones para los legisladores. En ellas plantean que el uso de inteligencia en redes sociales —denominado Socmint— esté dentro del concepto de “procedimientos especiales” en la Ley N° 18.331 de Protección de Datos Personales, para que “queden incluidos dentro de aquellas situaciones que requieren una autorización judicial previa”. Plantean que la resolución de la Justicia contenga un “estándar legal mínimo” de fundamentación “basado en factores de proporcionalidad y necesidad, duración máxima y determinación de los plazos para el cese de la actividad”.

    También proponen que quede establecida “de forma expresa” la prohibición del monitoreo “sistemático e indiscriminado” de los ciudadanos en Uruguay y que en el caso de la designación de “agentes encubiertos” también se requiera una autorización judicial.

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