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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáJuan Silva, rubio, bajito, de pelo crespo, alias Silvita en facultad, me llamó para comentarme este lío de los ediles. Dice que los políticos y los periodistas se dieron cuenta de que la noticia era una bomba y del susto demoraron como dos semanas en explicar lo que pasaba, y resulta que en el fondo todo era bien sencillo. Me dijo Silvita que los 31 ediles tienen mucho trabajo legislando y opinando sobre las cosas que hace la intendencia, pero la Constitución dice que deben ser honorarios. Entonces los uruguayos decidimos hace mucho darles a los ediles una partida mensual, que hoy es de 250.000 pesos, para gastos de secretaría, y en la práctica cada edil contrata cinco asesores o secretarios, les paga 50.000 a cada uno y estos le devuelven la plata en parte, toda o nada, según lo que trabajen o arreglen con el edil. Esto, con infinitas variantes: ediles que le dan este dinero a su partido y este les paga ediles que no usan el sistema; otros que lo usan, pero no lo documentan. Hasta ahí, todo bien. Pero la mala suerte quiso que uno de los secretarios o asesores fuera capturado y condenado por narco y, además, a veces, y según un periodista que a menudo publica información confidencial de Fiscalía, cambiaba billetes de 20 pesos en un Abitab de la esposa de un senador. Entonces le pregunté a Silvita, que es medio opa, cuál era el motivo de su indignación, y me dijo que él hubiera declarado la verdad, lo mismo que el edil: el narco contratado no cumplía ninguna tarea y, por lo tanto, no pudo perjudicar al Estado. Pero el partido lo echó por nabo y por chivo expiatorio, por revelar el sistema de los secretarios truchos. “No te calientes, Silvita, tenés razón, porque al fin y al cabo la mitad de los empleados públicos no tienen tareas asignadas y están allí cobrando toda su vida sin hacer nada y porque en la última semana de la campaña electoral repartieron listas en la rambla y bulevar España, y vos, Silvita, te molestás inútimente sabiendo que estamos todos de acuerdo: nadie va a hacer una reforma constitucional y dentro de una semana todo este quilombo desaparece como si no hubiera pasado nada”. Creo que quedó más tranqui, porque esta vez no me cortó. Pobre Silvita.Daniel HeideEl futuro de la Corte Penal InternacionalSr. director:El 9 de octubre, el secretario de Estado norteamericano, Marco Rubio, anunció que su gobierno sanciona a la Corte Penal Internacional (CPI) como institución. Advirtió que, si el tribunal no abandona sus “amenazas”, Estados Unidos “terminará con la CPI”.No es un exabrupto aislado, sino el último paso de una escalada que empezó en febrero de 2025. Ese mes, el presidente Donald Trump firmó una orden ejecutiva que sancionó al entonces fiscal de la Corte. Siguieron, en oleadas sucesivas, cuatro juezas en junio de 2025, otros dos jueces y los dos fiscales adjuntos en agosto, y dos jueces más en diciembre. En agosto de este año le tocó a la presidenta de la Corte. En julio, el Departamento de Estado lanzó una campaña “de todo el gobierno” para “desactivar sistemáticamente” al tribunal y, en setiembre, Trump pidió ante la Asamblea General de la ONU que todos los países se retiren de él. Hoy están sancionados nueve de los 18 jueces. En cada caso, el motivo invocado fue una decisión judicial: autorizar la investigación sobre Afganistán o emitir órdenes de arresto en la situación de Palestina.Las consecuencias son concretas. Los sancionados pierden cuentas bancarias, tarjetas, seguros médicos y servicios en línea, y sus familias no pueden ingresar a Estados Unidos. Cualquier persona sujeta a la ley estadounidense que les preste servicios se expone a penas de hasta 20 años de prisión.Conviene, sin embargo, separar la retórica del derecho. Estados Unidos no puede, por sí solo, disolver la Corte. Su existencia descansa en el Estatuto de Roma, un tratado del que no es parte y que nada le permite modificar.Disolución: exigiría la unanimidad de los 125 Estados partes o una enmienda aprobada por dos tercios y ratificada por siete octavos de ellos.Retiros: la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados establece que un tratado no se extingue porque disminuya el número de sus partes. Además, quien se retira sigue sujeto a la jurisdicción de la Corte por los crímenes cometidos mientras era parte; así ocurrió con Burundi y con Filipinas, cuyo expresidente está hoy detenido en La Haya.Consejo de Seguridad: podría pedir que se suspendan investigaciones por plazos renovables de un año, pero necesita nueve votos y ningún veto, y Francia y el Reino Unido son miembros de la Corte.Lo que sí puede hacer Washington es asfixiarla. Una corte necesita pagar sueldos, contratar proveedores, proteger sus archivos y comunicarse con testigos. Buena parte de esa infraestructura (bancos corresponsales, programas informáticos, servicios en la nube) depende de empresas que no pueden arriesgarse a sanciones estadounidenses. La licencia que hoy permite a la Corte seguir operando vence a comienzos de abril de 2027. Desde entonces, el tribunal podría seguir existiendo en el papel sin poder funcionar en los hechos.Por eso, la suerte de la Corte está en manos de quienes la crearon, y las herramientas existen.La Unión Europea puede incluir estas sanciones en su “estatuto de bloqueo”, el reglamento que usó en su momento frente a las sanciones contra Cuba e Irán. Así prohibiría a sus bancos y empresas acatarlas y les permitiría reclamar daños. La decisión la toma la Comisión, y solo podría frenarla una mayoría calificada de los Estados, no el veto de uno solo. La UE también dispone de un instrumento contra la coerción económica, pensado para responder a presiones de terceros países sobre las decisiones soberanas de sus miembros.Los Países Bajos, como Estado sede, se obligaron por tratado a asegurar el funcionamiento de la Corte, y ya pidieron a Bruselas que prepare el bloqueo.La Asamblea General de la ONU podría pedir a la Corte Internacional de Justicia una opinión consultiva sobre la legalidad de sancionar a los jueces de un tribunal internacional.El propio estatuto, en su artículo 70, castiga con hasta cinco años de prisión a quien intimide o tome represalias contra los funcionarios de la Corte por el ejercicio de sus funciones. Esa norma no exige que el autor sea nacional de un Estado parte, y la Corte ha sostenido que la inmunidad de los jefes de Estado no impide su jurisdicción.No se trata de estar de acuerdo con cada decisión del tribunal. Quien discrepa con un fallo puede impugnarlo o criticarlo, pero no castigar al juez que lo dictó. Ese principio, elemental en cualquier Estado de derecho, es el que hoy está en juego.Uruguay es Estado parte del Estatuto de Roma desde 2002 y tiene una larga tradición de apego al derecho internacional. Los países pequeños son los que más necesitan que las reglas valgan para todos, también para los poderosos. Corresponde que la Cancillería fije posición con claridad, coordine con los Estados que hoy defienden a la Corte y contribuya a que siga funcionando, porque un tribunal cuyos jueces pueden ser castigados por sus fallos deja de ser un tribunal.
Dr. Nicolás Pereyra
Miembro de la Lista de Abogados de la Corte Penal Internacional