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Ministerio de Trabajo revé ley de empleo del gobierno anterior: “No tuvo los efectos deseados”
Por la norma, promulgada en 2021, que promueve las contrataciones, se ocupa a 3.700 jóvenes y a siete personas con discapacidad por año, valores que “no mueven la aguja” en las tasas de desempleo, sostiene el director nacional de Empleo
La Dirección Nacional de Empleo estudia una posible reducción de la jornada laboral
En una sesión de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del Senado realizada el jueves 8, el nuevo director nacional de Empleo, Federico Araya, informó a los legisladores que están en estudio posibles modificaciones para la Ley 19.973 de promoción del empleo, promulgada en el 2021, en el entendido de que “no tuvo los efectos deseados” y presenta “problemas de diseño”.
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El jerarca del Ministerio de trabajo y Seguridad Social (MTSS) detalló a Búsqueda las soluciones que podrían encontrarse en el marco de un equipo de trabajo integrado por representantes sindicales y de las cámaras empresariales para realmente “mover la aguja” en los niveles de desempleo de colectivos “vulnerables”. Como otra prioridad, su dirección está a cargo de la investigación sobre las experiencias internacionales en cuanto a la reducción de la jornada laboral, tema que está tratándose en el Consejo Superior Tripartito.
A modo de ejemplo, Araya señaló que entre la fecha de la puesta en funcionamiento de la “ley de promoción del empleo” y los últimos datos del 2024, solo 29 personas con discapacidad fueron beneficiadas. Explicó que su repartición no le encuentra “mucho sentido” al hecho de que los integrantes de este grupo solo puedan calificar para el “subsidio temporal” y, por lo tanto, deban cumplir con el requisito de un año de desempleo para quienes apliquen. Los otros grupos abordados por la ley —jóvenes de 15 a 29 años y mayores de 45 años— pueden estar bajo el “trabajo protegido”, que brinda mayores subsidios a las empresas y no determina mínimos en los tiempos de desocupación.
Por otra parte, la “condición de vulnerabilidad” exigida se evalúa con base en la medición de la pobreza de ingresos “antigua” del Instituto Nacional de Estadística (INE) y no con la nueva metodología presentada este mes. “Una de las preguntas que nos surge es: la persona que tiene discapacidad, ¿no es lo suficientemente vulnerable como para además exigirle que sea vulnerable monetariamente?”, reflexionó. Según interpreta, esta condición respondería a que las empresas “pueden acceder a un beneficio más alto”.
En el caso de los mayores de 45 años, en el último período existió un aproximado de 1.009 beneficiados por la ley. Para los jóvenes de 15 a 29 años el número asciende a 14.034, pero para Araya “realmente no mueve la aguja” si se tiene en cuenta que la tasa de desempleo juvenil sigue en torno al 25% y con una “gran brecha de género”. Además, según cálculos recientes de la Dirección de Empleo basados en los números del Banco de Previsión Social (BPS), un 40% de los jóvenes contratados bajo el régimen hoy “no están cotizando” en el sistema. “La ley que está hoy enfrentó las mismas barreras que enfrentaba la Ley de Empleo Juvenil del período del Frente Amplio entre 2015 y 2019, y realmente no las pudo superar”, reconoció.
Burocracia
Como obstáculo adicional, Araya recordó que las personas discapacitadas que deseen postularse bajo la normativa de la “ley de promoción de empleo” deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, trámite que “muchas veces se desconoce”.
En algunas modalidades los subsidios otorgados a las empresas se definen en un monto —en pesos corrientes absolutos—, y en otras se otorgan por un porcentaje asociado al salario de la persona contratada, lo que dificulta “cuestiones prácticas del día a día” en el BPS al momento de calcular el beneficio para la empresa. En este sentido, cree necesario “unificar ciertos criterios para hacer más sencilla la tarea de los trabajadores en la operativa”.
Otra “debilidad” de la Ley 19.973 es que, a partir de los documentos de transición otorgados por el gobierno anterior, no hay “nada de información” sobre un seguimiento de los postulantes una vez que ingresan a la empresa contratante, por lo que no se conocen resultados sobre los niveles de permanencia máxima bajo este tipo de contrato —12 meses— o si las empresas realizaron recontrataciones.
Cambios
El primer paso para trabajar en modificaciones será la realización de una convocatoria, tanto a los representantes de los trabajadores como de los empresarios, para formar un equipo de trabajo que logre acordar un proyecto de ley consolidado por el “aval del tripartito” a partir del diálogo y los insumos que los involucrados dispongan. Así, la iniciativa tendría “más probabilidades de aprobación” en el Parlamento en los últimos meses del año, consideró Araya.
La primera pauta será “sin dudas” repensar todo el capítulo sobre discapacidad. Otra modificación sería medir el nivel de vulnerabilidad no a través de la pobreza monetaria, sino “con otro índice, que puede ser el de carencias críticas o el de pobreza multidimensional”. El director entiende que hay un grupo importante de personas que sí estarían bajo la “línea de pobreza” con la nueva metodología del INE, pero que con la normativa actual quedan excluidas.
A comienzos de febrero, se aprobó en el Senado un proyecto que agrega a la Ley 19.973 dos incisos a su artículo cuarto y que busca incluir a las personas liberadas del sistema carcelario como grupo protegido. “El artículo de los liberados se votó en la legislación anterior, tremendamente a las apuradas, y es una dificultad que nosotros asumimos”, comentó Araya. Al no haberse reglamentado aún, es algo que está en stand-by.
La idea, entonces, sería que en el proyecto de ley a presentar por el equipo tripartito se sume no solo a las personas liberadas como grupo aplicable, sino también a otros colectivos vulnerables “y con dificultades en el acceso al empleo”, como mujeres y migrantes. El objetivo es que “realmente tenga efectos en el empleo”, sostuvo.
Reducción de la jornada
Araya forma parte del equipo del MTSS que estudia una iniciativa para reducir el tiempo máximo de horas de trabajo permitido. Tal como había adelantado el subsecretario, Hugo Barretto, a distintos medios durante la celebración del Día Internacional de los Trabajadores, en la comisión de senadores el director de Empleo informó que la discusión se está dando en el Consejo Tripartito del ministerio.
Los temas de productividad y reducción de la jornada corresponden a la Dirección Nacional de Trabajo, pero en la interna de la Dirección Nacional de Empleo actualmente investigan “las experiencias internacionales” —como la última discusión en España sobre ponerle tope en 37,5 horas semanales— y participan en los talleres de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los casos de Chile y de Colombia en América Latina. Aún está por definirse si la iniciativa se plantearía con una escala nacional o si se toman casos particulares en la negociación colectiva, pero Araya entiende que hay sectores que necesitan de una “intervención inmediata”, como es el caso de los trabajadores del transporte y el de las actividades primarias.
“Lo que nos muestra la evidencia es que la reducción de la jornada laboral no tiene impactos globales a nivel de tasa de desempleo ni a nivel de tasa de empleo. La reducción de la jornada laboral no va a crear puestos de trabajo y tampoco genera aumento de desempleo”, aseguró el director. Sobre las eventuales consecuencias negativas en la velocidad del crecimiento de la economía, agregó que “todo parecería indicar que el efecto es neutro”.