En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
En el último informe anual sobre el estado de las cárceles en Uruguay, en un apartado que denominó “Preguntas inquietantes”, el comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, incluyó una propuesta controversial. Se preguntó: “¿Es lo mismo cumplir dos o tres años de cárcel cuando se tiene privacidad, higiene, alimento adecuado, recreación y rehabilitación que cuando se deben cumplir en hacinamiento y sin actividades? ¿Cuánto vale un año en hacinamiento y en condiciones inhumanas frente al año legal que imagina la norma penal con ciertos mínimos cubiertos?”.
¡Registrate gratis o inicia sesión!
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
Fue todavía un paso más allá y sumó otra interrogante, en tono de sugerencia: “¿No debería el Poder Judicial ajustar las penas a las duras condiciones que existen en buena parte de las prisiones?”.
El asesor del Parlamento en asuntos carcelarios planteó que “sería bueno” dialogar entre los tres poderes del Estado sobre la administración de la justicia y la ejecución de las penas. Lo hizo con una pregunta más. “¿No debería el Poder Judicial plantearse un diálogo entre pares (...) sobre las condiciones a las que sus operadores y en especial sus jueces deben enviar a las personas a cumplir una sanción penal sin las garantías constitucionales establecidas?”.
A partir de esta propuesta, Búsqueda consultó a diversos actores vinculados al proceso penal, tanto del ámbito académico como operadores del sistema. Investigadores, jueces, fiscales y abogados expresaron sus opiniones, aunque en su mayoría prefirieron no ser identificados.
“No es lo mismo”
El abogado penalista Juan Manuel González Rossi, aspirante a profesor adscripto de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar), se mostró a favor del planteo de Petit, argumentando que “las penas están diseñadas para cumplirse con determinados fines y bajo ciertas garantías”, pero que al momento de su fijación “no se toman en cuenta” las condiciones de los lugares de reclusión. Señaló que, además de la pena, los presos enfrentan otras situaciones que “causan igual o mayor daño”, como la afectación de su integridad sexual y derechos fundamentales como el trabajo y la alimentación. “Eso no se ve reflejado o compensado”, sostuvo.
Según González, las condiciones de las cárceles “deberían considerarse en la determinación de la pena, que es una decisión del juez”, y “no es lo mismo cumplir un año en la cárcel de Minas que en el Penal de Libertad”.
Del lado contrario, un fiscal expresó su desacuerdo y planteó que “no es el camino correcto”, porque “implica dar por perdida la batalla y resignarse a que las cárceles nunca van a mejorar”. Según el fiscal, “dar esa discusión implica reconocer la derrota” y “renunciar a una política de Estado penitenciaria, que permita condiciones dignas y reinsertarse en la sociedad”. Insistió en que la solución es estructural y no ofrece resultados a corto o mediano plazo.
Por su parte, el abogado y juez de Ejecución y Vigilancia de Montevideo de 3er turno, Diego González Camejo, opinó que la situación de “emergencia penitenciaria” que atraviesa el país hace necesario “discutir” todas las propuestas que surjan. En su opinión, muchas personas condenadas por delitos menores, como hurto o receptación, “tendrían que estar fuera del sistema”.
Otro abogado penalista consultado consideró que la propuesta de Petit es “interesante” y que “debería estudiarse”. Sin embargo, advirtió que podrían surgir problemas procesales en los casos de acuerdos abreviados, donde la pena es acordada entre la Fiscalía y los imputados antes de ser ratificada por un juez.
Para González Rossi, la propuesta sobre que tenga un valor distinto estar preso en una cárcel que en otra según las condiciones de reclusión “es teoría”, pero después “es una decisión política o gubernamental cómo debe implementarse en un sistema”. Desde el punto de vista crítico del sistema, aseguró, “es irrefutable”, indicó.
Ana Vigna, docente e investigadora de la Facultad de Ciencias Sociales de la Udelar, quien se ha especializado en el sistema penitenciario, consideró que es un planteo “más que razonable” el que hace el comisionado, porque, “si sobre la base de la pena que reciben las personas condenadas está la dosimetría, resulta necesario tomar en consideración las condiciones en las que se cumple la condena para poder calibrar la respuesta penal”.
“Capaz que hay que empezar a valorarlo”, aseguró un magistrado consultado, quien consideró que “podría ser una de las pautas” a utilizar en las sentencias para establecer la individualización de la pena, que es una tarea de los jueces. El artículo 86 del Código Penal establece que son quienes deben determinar “la pena que, en su concepto, corresponda, dentro del máximo y el mínimo señalado por la ley para cada delito, teniendo en cuenta la mayor o menor peligrosidad del culpable, sus antecedentes personales, la calidad y el número —sobre todo la calidad— de las circunstancias agravantes y atenuantes que concurran en el hecho”.
El magistrado indicó que la individualización de la pena tiene tres fases: una que proviene del Poder Legislativo, que es la abstracta, otra del juez que la concreta y una tercera de ejecución, que es cuando podría aplicarse el ajuste de las penas. “Si es para bien y para cumplir con lo que establece la Constitución y los derechos humanos, me parece genial”, agregó.
Cupos penitenciarios
Vigna propuso pensar en una “ley de cupos penitenciarios”, que indique la capacidad real del sistema para alojar reclusos y que “oriente a los operadores para hacer un uso más racional de la capacidad disponible”.
González Camejo coincidió en la necesidad de una “priorización” en el ingreso de personas al sistema penitenciario. “Siempre hay lugar, pero eso es una mentira”, afirmó, señalando que el costo de esta afirmación son “condiciones de reclusión inhumanas”.
“Hay algunas de nuestras cárceles que, en mi opinión, deberían ser cerradas, como los módulos 10 y 11 del Comcar. Ahí las condiciones de vida son inhumanas, hay encierro total en muchos sectores, hacinamiento, no hay ninguna posibilidad teórica ni real de rehabilitación”, aseguró el juez, que realiza visitas periódicas a los centros penitenciarios para controlar la ejecución de las condenas.
Según el informe de 2023 del comisionado parlamentario penitenciario, que fue publicado la semana pasada, existe un hacinamiento “crítico” en la mayoría de las cárceles, que es consecuencia de la combinación entre el aumento sostenido de la cantidad de presos y “varias décadas de baja inversión y priorización” del sistema carcelario. El 43% de los reclusos está encerrado en prisiones que dan un “trato cruel, inhumano y degradante”. En otro 40% de los centros hay “insuficientes condiciones para la integración social”, porque tienen aspectos “positivos”, pero tienen otros “aspectos centrales” sin resolver, como la inseguridad, un régimen regular de salida al patio y el acceso a la salud. Según el relevamiento de la Oficina del Comisionado Parlamentario solo el 17% de las cárceles tienen buenas oportunidades de rehabilitación.