Describe que el dinero de los inversores “ingresaba en un fondo común, desde el cual Larrarte pagaba sueldos, destinaba dinero a nuevos emprendimientos, mantenía la infraestructura, pagaba periódicamente falsas rentas, abonaba sus gastos personales y en definitiva disponía del dinero sin control alguno y de forma inconsulta”. Esa operativa provocó “una fuga de capital de tal magnitud que inevitablemente derivaría en el descubrimiento de la maniobra en un futuro”.
Machado sostiene que el equipo multidisciplinario creado para investigar el caso —integrado por la Dirección General Impositiva, la Unidad de Información y Análisis Financiero, la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos e Interpol— pudo reconstruir la amplia mayoría de los movimientos de las cuentas empresariales y personales asociadas a Larrarte.
A partir de esos datos, la contadora que trabaja para las fiscalías especializadas, Carina Liguori, concluyó que existía “un esquema desorganizado de circulación de dinero entre las cuentas de Grupo Larrarte S.A.S., Virtin S.A. y Jairo Larrarte”. Según el fiscal, “el dinero de los inversores ingresaba a cualquiera de las tres cuentas y luego era transferido” entre ellas “o utilizado para el pago de obligaciones de toda índole, así como para costear el estilo de vida suntuario del imputado”.
Machado dice que la arbitrariedad del manejo de dinero “es compatible con la existencia de un trasfondo de estafa piramidal, en cuanto jamás existió voluntad de canalizar las inversiones de las víctimas hacia el patrimonio correspondiente”.
Los fondos invertidos por los clientes servían para pagar obligaciones tributarias, contractuales, gastos de funcionamiento y la vida “suntuaria” de Larrarte, lo que incluía sus “viajes y sus consecuentes gastos de estadía, altos cargos de tarjetas de crédito”, detalla la acusación.
El fiscal sostiene, sin embargo, que del análisis no surge que hubiera “desvío de fondos hacia cuentas externas o desconocidas, así como tampoco retiros continuados de efectivo”. Por el contrario, los destinatarios del dinero “han sido debidamente identificados”, y eran los inversores que recibían una “supuesta renta”, así como “proveedores de servicios públicos, insumos de higiene y nutrición animal, tarjetas de crédito y, en una menor proporción, transferencias a Marcos Ledesma (pareja de Larrarte) y Jairo Larrarte, quienes utilizaron el dinero en gastos personales”.
La investigación tampoco pudo constatar “ocultamiento o utilización de terceras personas como forma de ocultamiento de fondos”.
Machado cita el informe de la contadora Luguori, quien explicó que el dinero de los inversionistas no fue usado “ni para compra de muebles ni inmuebles”, tampoco se giró “al exterior” a cuentas ocultas ni hubo “retiros de dinero en efectivo en forma fraccionada de manera habitual”. A raíz de esto, concluyó la asesora, “no se constatan movimientos financieros que nos hagan suponer maniobras de lavado de dinero”.
El fiscal dice en el párrafo siguiente que acompaña esa conclusión: “Técnicamente, las maniobras puestas en evidencia a través del análisis efectuado permiten afirmar que el total del dinero obtenido fraudulentamente por parte de Larrarte fue utilizado en pago de falsas rentabilidades, gastos operativos y finalmente en un aprovechamiento indiscriminado (fase de agotamiento típica del delito de estafa) que redundó en beneficio económico para el perpetrador. Sin embargo, no surge desvío de fondos, extracción hacia otras cuentas o personas o, en último caso, ocultamiento del provecho económico ilícito”.
Machado concluye que Larrarte intentó “montar una maniobra que le suministrara fondos en forma casi ilimitada, para la realización de cualquier tipo de actividad, mientras se servía de dichos fondos para mantener un elevado nivel de vida”.
Por esos motivos, el fiscal acordó con Larrarte que se declarara culpable por un delito continuado de estafa, un delito de apropiación indebida y un delito de libramiento de cheque sin provisión de fondos, en régimen de reiteración real, por lo que fue condenado a tres años y ocho meses de penitenciaría.
Una interpretación distinta
Uno de los que se sorprendió con la decisión de Machado fue el abogado Juan Pablo Decia, quien patrocinaba a varias víctimas de Larrarte. “En fiscalía pareciera no haber voluntad de ir a fondo con el delito de lavado. Pasó con Larrarte, y parece estar sucediendo en otras investigaciones sobre fondos ganaderos, que se buscan interpretaciones que no están en la norma para evitar tipificar el delito”, dijo a Búsqueda.
El artículo 30 de la ley antilavado establece que “el que convierta o transfiera bienes, productos o instrumentos que procedan” de los delitos precedentes como la estafa “será castigado con pena de dos a quince años de penitenciaría”.
El siguiente artículo establece que también incurre en lavado la persona que “adquiera, posea, utilice, tenga en su poder o realice cualquier tipo de transacción sobre bienes, productos o instrumentos que procedan” de delitos precedentes.
Decia sostuvo que dinero que Larrarte recibió de los inversores en ganado fue desviado a cuentas de Vitrin S.A., que tenía un “giro distinto” porque era un laboratorio de genética bovina. Es decir que, por más que no hubo “ocultamiento”, sí hubo conversión y transferencias del producto de la estafa y la apropiación indebida, aseguró.
En su declaración como indagado en la fiscalía Larrarte dijo que no recordaba si se había usado dinero de los inversores para el laboratorio, que tenía a Ledesma, su pareja, como tesorero.
Decia sostuvo que la ley no demanda que la conversión o las transferencias sean mediante el “ocultamiento” del beneficiario final de ese movimiento, tampoco especifica que deban ser bienes inmuebles o muebles los que se adquieran como para considerar que hubo lavado.
El laboratorio estaba montado en el establecimiento El Horizonte, donde vivían Larrarte y Ledesma. En el interrogatorio, informó El Observador en abril, Larrarte declaró que invirtió US$ 50.000 en la refacción del casco de la estancia. “Era un establecimiento no habitable, la casa tenía un árbol adentro literalmente, o sea, no era habitable. Y bueno, ahí se hizo una reforma, se colocaron los pisos y se hizo la parte de saneamiento de la casa. Se acondicionó la casa, se recicló”, dijo. Consultado sobre si esa obra “la reportó como gasto de Grupo Larrarte”, respondió: “Sí, lo cubrió Grupo Larrate”. Pero añadió que a los albañiles les pagó con “ahorros particulares”.
El abogado sostuvo que los gastos excesivos personales de Larrarte y su pareja, así como los costos operativos de la estafa, no superaban en conjunto los US$ 5 millones de los al menos US$ 12 millones que captó el empresario. “Hay millones de dólares que no se sabe a dónde fueron a parar”, afirmó.
Decia criticó la decisión del fiscal Machado de alcanzar un acuerdo abreviado cuando, en su opinión, tenía pruebas suficientes para llevar el tema a juicio y ganarlo. Añadió que tomó una decisión sin esperar a que el juez de concurso determinara si se habían cometido otros delitos, como el “fraude concursal”.
El acuerdo “solo favorece al estafador”, porque consigue una reducción de su pena, cuestionó.