En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
Condena a Argentina por YPF socava el “orden jurídico mundial”, argumenta Uruguay
El Estado uruguayo presentó un documento en calidad de amicus curiae, junto con Chile, Italia, Rumania y Ucrania, en el que sostienen que el tribunal de Nueva York violenta el derecho internacional
El Estado uruguayo sostuvo ante la Corte de Apelaciones de Segundo Circuito de Estados Unidos, en Nueva York, que la decisión judicial de ese país que condenó a Argentina a pagarles a demandantes US$ 16.100 millones por la nacionalización de YPF en 2012 violenta el derecho internacional, la inmunidad soberana de ese país y su jurisdicción territorial.
¡Registrate gratis o inicia sesión!
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
Uruguay, junto con varios países, pidió que se revoque la condena bajo la figura judicial de amicus curiae, que habilita a terceros a intervenir en un pleito judicial con una opinión experta de forma consultiva. En concreto, Uruguay presentó el recurso con Chile, Italia, Rumania y Ucrania. Además, y bajo la misma figura, Israel, Ecuador y Estados Unidos presentaron sus propios documentos.
El fallo judicial que condena a Argentina surge tras la decisión que tomó ese país de nacionalizar la empresa petrolera en 2012. Tres años después, las firmas Burford Capital y Eton Park, que compraron los derechos de litigio al antiguo accionista minoritario de YPF, el grupo argentino Petersen, demandaron en tribunales de Nueva York al Estado argentino, bajo el argumento de que el estatuto de la empresa preveía que una compra de más del 15% del paquete accionario de la firma implicaba un pago similar a todos los accionistas que no fue cumplido.
Dos años atrás, la jueza superior del distrito de Nueva York, Loretta Preska, sentenció el pago de US$ 16.100 millones. Y el pasado 30 de junio, ordenó a Argentina a que cediera a las litigantes el 51% de las acciones de YPF. Ahora, la Corte de Apelaciones de Segundo Circuito se encuentra en proceso de presentación de argumentaciones, en el que Uruguay interviene, y suspendió provisoriamente la orden de Preska.
Los argumentos
En el documento presentado con otros países, Uruguay sostiene que las órdenes de entrega de las acciones de YPF constituyen una “extralimitación judicial” que socava “dos principios fundamentales del derecho internacional que rigen las relaciones entre Estados soberanos”, como son la “igualdad soberana” y la “soberanía territorial”. Así, argumenta que la sentencia indica a la comunidad internacional “que los tribunales nacionales pueden invalidar la independencia fundamental de otros soberanos”, lo cual “desestabilizaría las expectativas establecidas, amenazaría la cortesía internacional e incitaría a la adopción de medidas de represalia, socavando así la estabilidad del orden jurídico mundial”.
Al obligar a Argentina a violar su derecho interno o, en su defecto, “legislar un cambio” (puesto que la transferencia de acciones debe hacerse en el Congreso por mayoría especial), el fallo judicial sostiene que se “obliga a un Estado soberano extranjero a ceder su autonomía legislativa y ejecutiva a la directiva de un tribunal estadounidense”. Incluso, dice que se realiza una “intervención indebida”, al solicitarle a Argentina que “‘reciba permiso’ de su Congreso o ‘modifique la ley’”, ejerciendo así una “presión sobre la autonomía legislativa de otra nación”.
Por último, se afirma que la sentencia “corre el riesgo de desincentivar a los Estados soberanos que consideren participar en los mercados estadounidenses”, e incluso “podría frenar la futura participación soberana en los mercados estadounidenses, introduciendo incertidumbre en los mercados globales”.