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    Herederos de Romay cruzan reproches en etapa clave de su batalla judicial

    Los directores de Canal 4 dicen que una estirpe llevará “a la ruina” una herencia millonaria por “vendettas personales” que prolongan los juicios, e insisten en que los medios ya no son un negocio rentable; la rama familiar que está en minoría sostiene que el administrador judicial les confesó que sufre “todo el tiempo amenazas” de la mayoría

    Con argumentos jurídicos salpicados de chicanas y ataques personales, las distintas estirpes de la familia Romay iniciaron una nueva batalla en la larga guerra judicial que los enfrenta desde hace dos décadas. Varios herederos de Carlos Romay y Elvira Salvo, fundadores de Canal 4, presentaron recursos de apelaciones contra un fallo de primera instancia que rechazó homologar un acuerdo propuesto por el administrador de la sucesión para dar cierre a una etapa clave del conflicto.

    Al cierre del plazo, los actuales directores de Canal 4, Hugo y Walter Romay, María Elvira Romay y el administrador judicial, Alberto Rodríguez, habían presentado recursos contra la sentencia; mientras que presentó un escrito a favor del dictamen la estirpe que representa a una novena parte de los herederos, integrada por Carlos Romay Buero, Clarice Romay Buero y Tomás Romay Buero.

    La nueva batalla entre los nietos y bisnietos de los fundadores de Canal 4 tiene como centro de discusión inmediato un acuerdo presentado por el administrador judicial para saldar una controversia entre las familias que afectaría el contenido de la herencia.

    El matrimonio Romay Salvo tuvo cuatro hijos: Hugo Antonio, Walter Ángel, Daniel Mario y Carlos Lorenzo. En 1960, Elvira Salvo firmó un documento en el que donaba parte de sus bienes a su descendencia. Los problemas surgirían décadas más tarde. Daniel Romay, casado con Zelmira del Castillo, murió en 2003 sin dejar testamento y sin descendencia. En mayo de 2007, Salvo Ferreri promovió contra Del Castillo una acción legal para que le devolviera las acciones de la radio y el canal que ella le había donado a su hijo Daniel. Según el Código Civil, los hijos son “herederos forzosos” de los bienes de sus padres. Si el hijo muere antes que los padres, la herencia pasa a los nietos. Pero este no fue el caso, ya que Daniel Romay y Del Castillo no tuvieron descendencia. Por eso, el resto de la familia Romay entendió que la viuda debía devolver los bienes.

    La recuperación de esos bienes y de las utilidades derivadas de su usufructo es lo que está en disputa. En 2017 un fallo obligó a Del Castillo a devolver las acciones de los medios y devolver las ganancias percibidas por esa participación, lo que rondaría los US$ 30 millones, aunque sigue en aumento porque debe ajustarse por el Índice de Precios al Consumo.

    El administrador presentó ante la jueza de Familia de 8o turno, María Elena Emmenengger, un posible acuerdo con Del Castillo para terminar la controversia. Implicaba el pago de US$ 9 millones y no de los US$ 30 millones que dictó un fallo judicial. Además, según lo convenido, no debería entregar las acciones de las sociedades anónimas (la mayoría de medios de comunicación) que reclaman parte de los herederos.

    La estirpe Romay Buero se opuso al acuerdo con un escrito judicial en el que denunció que todo era parte de un nuevo “ardid” de sus familiares para perjudicarlos. Sin entrar en el análisis de la conveniencia de la solución propuesta, la jueza Emmenengger rechazó homologar el acuerdo. El administrador “carece de facultades a los efectos pretendidos” y el juzgado “carece de norma legal habilitante para conceder tal autorización”, fundamentó. La magistrada sostuvo que “no existe previsión legal por la cual la mayoría imponga su voluntad a la minoría” y que disponer de la herencia requiere siempre de una “decisión unánime”.

    El administrador, representado por el abogado Carlos Ramela, presentó una apelación de apenas tres carillas, lejos de las 87 carillas del recurso más extenso de uno de los Romay.

    “Como lo manifesté a la sede en escrito en el cual puse a su consideración la suscripción del acuerdo transaccional, considero que el mismo es razonable”, describe. Añade que 7/9 partes de los sucesores lo apoyaba. El administrador dice que su deber es “velar por todos los administrados” y que habilitar la segunda instancia judicial otorga “las mayores garantías posibles” a los herederos de “ejercer sus derechos”. Sobre el fondo del fallo, sostiene que la sentencia de primera instancia “aparece incongruente con las facultades otorgadas por las sentencias interlocutorias que entonces confirieron amplias facultades al administrador de la herencia”.

    Rencores y argumentos

    El escrito presentado por el abogado Alejandro Pintos en representación de Hugo Romay ataca los argumentos legales y las supuestas motivaciones personales de sus familiares para oponerse al acuerdo. “Lo hacen por cuestiones de derecho —desacertadas, como se verá—y por caprichos fundados en rencores históricos familiares que no han podido superar; ignoran la realidad comercial y empresarial de la señora Del Castillo y la situación de los bienes de su patrimonio, con una falsa expectativa de acceder a un cobro mayor, pero que solo fundan en una petición de deseos”, describe. “Llanamente nos dirigen a un pésimo camino, por rencillas personales”.

    Sobre el acuerdo, destaca que cada heredero recibiría “sumas millonarias en dólares en un breve plazo” y, además, daría liquidez a la herencia, cuya partición está congelada mientras se procesa ese diferendo.

    Sostiene que el administrador busca “salvar la sucesión” del riesgo de “incobrabilidad” y, sobre todo, pretende ahorrarles a los herederos “la ruina futura derivada de evidentes avatares comerciales desfavorables”. Romay, director de Canal 4, advierte que rematar las acciones de medios televisivos redundaría en una “irrisoria suma” porque su “valor no hace sino desplomarse” y porque el traspaso de propiedad necesita autorizaciones de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación. Insiste en que Del Castillo es accionista de medios, “un rubro hoy que genera únicamente pérdidas”, por lo que “no puede ni podrá solventar” la suma de US$ 30 millones que debe pagar.

    “El señor administrador conoce esta realidad, los herederos de la mayoría también. No es justo que por un capricho de los herederos de la minoría debamos continuar aplazando la partición” de la herencia, cuestiona. Y agrega unos párrafos después: “Queda claro que son y serán —hasta que una solución sensata se les imponga— incapaces de observar este proceso y pensar sobre él en forma racional, calma y con una visión de negocios necesaria frente a la inminente ruina de la sucesión que nos fue deferida ya hace tantos años”.

    El escrito insiste en que la oposición de la estirpe Romay Buero es en “apariencia de corrección jurídica, pero en el fondo existen solo rencores familiares y dolores que nada tienen que ver” con la solución necesaria al diferendo. Sostiene que en sus exposiciones jurídicas, los integrantes de la minoría dejaron expuestas sus “motivaciones psicológicas de venganza y ajusticiamiento” para seguir con el juicio adelante. “Al margen de la realidad psicológica y las motivaciones y vendettas personales que cada heredero puede tener—por demás justas y atendibles en el marco de la salud mental y la construcción de los vínculos familiares— no son estas razones atendibles a la hora de discutir la forma en que se deberá administrar un patrimonio millonario”.

    En paralelo a las críticas por las motivaciones personales, Hugo Romay presenta informes de Walter Howard, Gabriel Valentín y Santiago Pereira Campos para fundamentar la postura de que el administrador tiene las potestades de alcanzar un acuerdo sin el apoyo unánime de los herederos.

    “Es obvio que la actuación del administrador judicial es procedente especialmente cuando no existe unanimidad de pareceres o comportamientos entre los coherederos, dado que nula utilidad tendría la figura si solo pudiese actuar cuando todos los interesados estuviesen de acuerdo”, dice Howard. Y Valentín argumenta: “Cuando existe un administrador judicial designado, su rol puede ser evitar que el principio de la unanimidad paralice a la comunidad”.

    El escrito presentado por Walter Romay, cuyo abogado es Washington Daniel Torres, también incluye los escritos de Howard, Valentín y Pereira Campos. Los argumentos son similares a los de Hugo Romay, en cuanto a la validez del proceder del administrador y la falta de necesidad de un apoyo unánime sobre sus decisiones.

    Walter Romay, otro director de Canal 4, profundiza en la racionalidad comercial del acuerdo planteado por el contador Rodríguez. “Es prácticamente un hecho notorio que los medios tradicionales de comunicación, tanto en nuestro país como a nivel global ya no son actividades rentables, por la competencia de otros medios y plataformas que permiten acceder a películas y producciones audiovisuales que tienen mucho menos costos que los medios tradicionales”, dice. Y detalla que desde 2017, cuando una sentencia obligó a Del Castillo a pagar US$ 30 millones y devolver las acciones de los medios, Monte Carlo TV Sociedad Anónima acumula pérdidas por US$ 1.800.000.

    El escrito incluye datos financieros de Canal 10 y Canal 12, tomados de los Estados Contables entregados a la Auditoría Interna de la Nación —cuyo acceso es público—, para mostrar que Canal 4 no está solo en su camino de pérdidas. “En mayor o menor medida esa es la realidad de toda la industria”, insiste.

    El acuerdo propuesto, sostiene, “es conveniente porque no existe ninguna posibilidad razonable de pensar que en caso de llevarse adelante los procesos judiciales y administrativos (ante al Ursec) para obtener las acciones de sociedades permisarias de medios de comunicación, se obtendrá una cifra cercana a los US$ 9.000.000 ofrecidos”.

    “Es claro que algunos herederos que se oponen se encuentran motivados por pretensiones ajenas a la conveniencia del acuerdo”, dice.

    La estirpe “díscola”

    Representada por Nicolás Brause, María Elvira Romay Eccher también recurrió la sentencia de primera instancia.

    “No es razonable condenar” a que la herencia no pueda ser dividida de manera perpetua por culpa de una “minoría díscola” que toma al resto “de rehenes”, dice el documento.

    “Resulta ilógico imponer a que haya ‘unanimidad’ cuando así visto terminará siendo una competencia de antojos y ‘vendettas’ entre sucesores, donde con certeza se exigirá satisfacer intereses cruzados incompatibles entre sí, ¿qué hace pensar que no sucederá tal cosa?”.

    Brause también cita los informes de Pereira Campos y de Howard para fundamentar su apelación. Además, cuestiona un argumento usado por la estirpe minoritaria, acompañado por la jueza, en cuanto a que no hay norma jurídica que habilite al administrador a cerrar el acuerdo en nombre de los herederos.

    “Es erróneo entender que la eventual falta de norma puntual que habilite otorgar la transacción sea elemento suficiente para rechazar este acto, pues tal ausencia no impide que en vía judicial ahora se refrende lo que el administrador presentó”, dice el escrito.

    La mayoría de los herederos y el administrador reclaman al tribunal de apelaciones que revise la decisión de primera instancia y homologue el acuerdo.

    El administrador sufre presiones

    La decisión del administrador de apelar fue cuestionada con dureza por los Romay Buero, la estirpe minoritaria. “En vez de actuar como un administrador judicial o auxiliar de la Justicia está actuando como un mandatario de los 7/9 de la sucesión”, dice en su escrito, presentado por el abogado Eduardo González Shaban.

    Denuncian que el contador Rodríguez les había dicho varias veces que no había motivos para apelar el fallo, una acusación que sustenta con citas textuales que, dice, pronunció el administrador en diálogos con Tomás Romay Buero.

    De acuerdo con ese relato, el 2 de abril, Rodríguez le dijo: “Estoy recibiendo presiones de todos lados”, pero “no vemos una razón posible para poder apelar, esa es la realidad”. En ese mismo diálogo, apuntó a que el hecho de que Hugo y Walter Romay estén en Canal 4 dificulta la posible ejecución de la sentencia: “Ponele que yo me pongo a ejecutar, lo primero que van a hacer es rajarme”. Diría después: “Igual, a ver, también yo tengo bastantes ganas de renunciar”; “no sé cuánto voy a seguir aguantando o bancándome esta situación de todo el tiempo amenazas”; “Ramela no ve ninguna razón viable para apelar. Eso seguro”. El 28 de abril: “No hay ningún cambio de posición”; “obviamente nos atomizaron”; “estuvo bravo y la siguen”; “hemos estudiado, le hemos dedicado bastante tiempo, nos hemos juntado con varios especialistas y no vemos ninguna razón que haga cambiar, un argumento válido para cambiar la posición”. El 2 de mayo: “Están presionando bastante”; “está bastante candente la situación”; “o sea, la situación está clara, pero bueno, yo qué sé, ver lo que me están amenazando. Después ver lo que hice yo, hay que verlo con los abogados y ver lo que me dicen ellos. Yo capaz, a ver, la realidad es que claramente yo no quiero seguir acá. Entonces, no sé, ver cuál es la forma de salir de esto”, “de la sucesión y de la administración”; “por eso me quiero juntar con abogados, ver los pasos a dar y qué es lo que más me conviene para yo salir”: “Nosotros no encontramos ningún agravio como para apelar, esa es la realidad”.

    El escrito subraya que pese a esas comunicaciones, es evidente que las embestidas “hicieron mella” en Rodríguez, ya que recurrió la sentencia. “En síntesis, el administrador ha dado cuenta inequívoca de que no está actuando libremente a su mejor saber y entender, sino que lo hace en respuesta a las ‘presiones y amenazas’ que le inflingen una mayoría de sucesores”. Sostienen que el administrador debió denunciar esas presiones en la Justicia.

    La rama minoritaria reclamó al Tribunal de Apelaciones de Familia de 2o turno, que debe estudiar las distintas posiciones, que mantenga la postura de primera instancia. Además del fundamento compartido por la jueza en cuanto a que aprobar el acuerdo iba más allá de sus potestades, argumentaron que la resolución iba en contra de sus intereses.

    La transacción proyectada plantea “renunciar” a US$ 21 millones sobre un total de US$ 30 millones calculados por la Justicia, a los que deberían sumarse intereses y reajustes, y también la renuncia “sin fundamento, gratuita e incondicionada” a los capitales accionarios que Del Castillo debe devolver y que incluyen a Canal 4 y radio Montecarlo.

    Los Romay Buero critican el argumento de que los medios sean deficitarios. “¿Debemos entonces concluir que las acciones valen cero? Casualmente es el valor que pareciera adjudicarle el administrador en el pretendido acuerdo transaccional. Sin embargo, los hechos denotan que son de gran valor y por eso la deudora no quiere cumplir con su obligación de entregarlas y sus socios (Hugo Romay y Walter Romay) tampoco quieren que ello ocurra”, advierte el escrito.

    En el cierre, pide al tribunal que no homologue un “acuerdo transaccional, que no es otra cosa que una renuncia vil a lo que los Romay Buero, aún con todo en su contra, lograron luego de una década de litigios”.