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    Uruguay hizo cambios “sustanciales” en un año “muy intenso” de reformas impositivas en América Latina

    Un análisis del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias contabilizó para 2025 un total de 243 medidas de transformación impositiva y de fortalecimiento de las oficinas recaudadoras

    Rodrigo Arim, director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), tiene la convicción de que los cambios impositivos que introduce el nuevo Presupuesto quinquenal configuran una “reforma tributaria importante, sin duda la más importante desde la que hizo el Frente Amplio en 2007”; la considera, además, un “gran logro político” del oficialismo frenteamplista que, sin embargo, se vio opacado por el debate en torno a la propuesta de elevar la carga al sector más rico de la población.

    Desde una perspectiva cuantitativa, el número de modificaciones aprobadas por Uruguay a partir de esa ley presupuestal fue destacado también en el estudio Observatorio de las reformas fiscales y el fortalecimiento de las administraciones tributarias de América Latina 2025-2026. Se trata de una nueva publicación del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), una entidad de apoyo técnico e intercambio de experiencias entre la Dirección General Impositiva (DGI) uruguaya y sus pares de otros 41 países de cuatro continentes.

    El año pasado “fue muy intenso en América Latina respecto de novedades tributarias, tanto las referidas a reformas fiscales como al fortalecimiento de sus organismos” encargados de recolectar los impuestos, sintetiza. Considerando solo las “principales reformas”, el autor contabilizó un total de 243 medidas, en conjunto, en toda la región. Uruguay figura con siete relativas a la “presión tributaria” y tres asociadas con la administración impositiva, un total de 10 que se compara con un máximo de 32 en Argentina y apenas tres en Nicaragua y en Honduras.

    En 2024 se habían concretado 211 modificaciones de este tipo en América Latina. Si bien en 2025 la “intensidad” de estas reformas de los sistemas tributarios y para el fortalecimiento de los organismos fiscales fue “disímil” por países, se constata una “continuidad dinámica de actualización, lo que demuestra el interés y la alta importancia que se le asigna a la materia tributaria” en la región, interpreta el análisis.

    ¿Qué tipo de reformas?

    El documento publicado por el CIAT clasifica las reformas en “sustanciales”, que modifican los fundamentos del sistema tributario y sus pilares, tanto técnicos como de la gestión; “correctivas”, que formulan adecuaciones técnicas a los impuestos existentes o a la gestión tributaria, y de “alivio fiscal”, en cuanto disminuyen la carga o posibilitan la regularización de las deudas fiscales.

    En 2025, en América Latina se propusieron siete proyectos con reformas “sustanciales”, con distinta suerte. Cuatro países plantearon la aplicación de un sistema tributario “equitativo y progresivo”, pero no se concretaron; tres iniciativas siguen demoradas en los respectivos parlamentos de Costa Rica, Honduras y Chile, mientras que el restante fue rechazado en el Legislativo de Colombia.

    Los otros tres proyectos, en cambio, sí fueron votados. En Argentina, las modificaciones del 2025 complementaron la reforma tributaria “sustancial” aprobada el año anterior, a través de la reducción o eliminación de múltiples tributos (derechos de retención a las exportaciones e impuestos al consumo específico), y de la simplificación del sistema con la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) Simple y el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

    En Brasil, la reforma aprobada el año pasado tuvo dos ejes. Por un lado, el de la política tributaria, cuyo objetivo fue la modificación de la imposición indirecta a escala nacional y subnacional que comenzará su aplicación gradual a partir de 2026; la implementación de la Tributación Mínima Corporativa de los Grandes Grupos Multinacionales; las adecuaciones al Impuesto a las Operaciones Financieras; el aumento “significativo” del mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas; el otorgamiento de una mejora para las micro y pequeñas empresas exportadoras; la incorporación del tax free al turismo, y la reformulación de determinadas alícuotas al Impuesto a los Productos Industrializados. Por otro, desde el eje del fortalecimiento de la administración tributaria, a fin de año y después de una demora en su tratamiento legislativo, se aprobaron los programas Sintonia, Confia y OEA, que tienen como finalidad la autorregulación y la transparencia a través del otorgamiento de estímulos fiscales para recompensar a los contribuyentes buenos pagadores como inducción al cumplimiento voluntario. Además, se implementó el estatuto del contribuyente, la resolución cooperativa de controversias y la figura del “deudor tributario contumaz”, con la aplicación de medidas administrativas restrictivas.

    En Uruguay, el documento resume que la “reforma tributaria” aprobada con el Presupuesto tuvo como objetivo la creación del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico; la adecuación del régimen de tax holidays de beneficios fiscales por nueva residencia fiscal; la imposición a los residentes sobre sus rentas del exterior; la adecuación del gravamen a las transferencias indirectas de activos situados en el país, y la aplicación del IVA a las compras web a través de encomiendas desde el exterior.

    Según el análisis, las restantes reformas que se promovieron en América Latina durante el 2025, “si bien de suma importancia, se las puede considerar esencialmente de carácter correctivo o de alivio fiscal”.

    Los estímulos fiscales

    En cuanto a la aplicación de estímulos fiscales a las inversiones en 2025, el documento del CIAT destaca el caso de Uruguay —que procedió a formular una nueva reglamentación del régimen general, otorgando “amplios beneficios en el IRAE, el Impuesto al Patrimonio, el IVA, los tributos y las tasas de importación de bienes—, junto con los de Bolivia, El Salvador, México, Nicaragua, Paraguay y Venezuela.

    Ubica a El Salvador como “el país más activo” en la aplicación de beneficios fiscales, por cuanto dispuso la creación de tres regímenes, incluido uno para incentivar con exoneraciones y facilitar las inversiones de alto valor (desde US$ 2.000 millones) en la medida que se destinen al desarrollo de una actividad económica determinada.

    El análisis también menciona que, considerando los “valiosos ingresos que aporta en los países de la región el turismo”, se aplicaron medidas de estímulo fiscal en el régimen de turismo de compras en Paraguay, la prórroga de la rebaja del IVA a las actividades turísticas en Uruguay y la aplicación del tax free al turismo en Brasil.

    Gravamen a la renta

    El Observatorio señala que, en 2025, hubo modificaciones específicas en algunos países de la región en el tributo sobre la renta personal.

    En Uruguay, respecto del IRPF a las rentas del exterior, se gravaron todos los rendimientos de capital en la medida que su procedencia fuera de entidades no residentes y los incrementos patrimoniales derivados de la venta de activos del exterior. En cuanto al gravamen a las transferencias indirectas de activos situados en el país, se grava con IRAE, IRPF o IRNR, según fuere el contribuyente, la transmisión de acciones y otras participaciones patrimoniales de entidades no residentes de acuerdo a los requisitos que establece la legislación. El análisis explica que “esta norma antiabuso alcanzaba si la entidad transferida era residente o estaba domiciliada, constituida o ubicada en una jurisdicción de baja o nula tributación, pero con la reforma fue ampliada la causal a las entidades no residentes con determinados requisitos”.

    Patrimonio y ricos

    El documento consigna que, en América Latina, solo tres países poseen un impuesto global al patrimonio personal: Argentina, Colombia y Uruguay. En los dos primeros, el año pasado hubo modificaciones de sentido opuesto; mientras la reforma argentina tuvo como propósito disminuir su nivel de imposición —al subir el mínimo no imponible y disminuir las alícuotas—, la colombiana, en el marco de la emergencia económica, buscó aumentar la recaudación mediante la reducción del umbral y estableciendo tarifas marginales progresivas.

    “En Uruguay, si bien hubo una propuesta del PIT-CNT para crear un nuevo impuesto del 1% para gravar a las personas de mayor patrimonio del país, la misma no fue compartida ni presentada por el gobierno”, reseña. Según sus impulsores, una “sobretasa” del Impuesto al Patrimonio permitiría obtener recursos para combatir la pobreza infantil.

    “El problema (con ese planteo del PIT-CNT) es que se ha confundido en la discusión el instrumento con el objetivo; he visto posiciones mucho más entusiastas en la defensa del instrumento, que se supone que tiene un objetivo atrás, que en el objetivo en sí mismo. Con el objetivo estamos de acuerdo. ¿Qué pasa con el instrumento? Es una discusión pertinente y que está presente en el mundo, pero con pocos países que muestren avances sistemáticos al respecto. Yo diría, prácticamente no los hay. La mayoría son países con nivel de desarrollo distinto al nuestro y cuya capacidad de recaudación es mayor”, sostuvo el director de la OPP entrevistado por Búsqueda en enero.

    IVA, un tributo “consolidado”

    El IVA está “consolidado en los sistemas tributarios de la región, atento a que su implementación comenzó en la década de 1960”, por lo que el año pasado “estuvo sujeto a mínimas correcciones, limitándose, en la mayoría de los casos, a otorgar o quitar determinadas exenciones”. Eso fue lo que pasó en Uruguay: el documento menciona el cambio que introduce el Presupuesto con la aplicación del IVA a la tasa de 22% a las compras efectuadas mediante plataformas digitales a través del régimen de encomiendas libres de gravámenes aduaneros, una medida reclamada por el comercio tradicional tras el boom de compras a través de la empresa china de comercio electrónico Temu.

    Administración tributaria

    En cuanto a los cambios aplicados en la organización y funciones de la administración tributaria, Uruguay está mencionado por un par de medidas en el repaso del año pasado hecho por el CIAT.

    Indica, por un lado, que se “culminó el proceso de universalización de la factura electrónica para todos los contribuyentes del IVA, aplicando beneficios fiscales para su implementación” hasta fin del 2025.

    Por otro lado, señala que la DGI implementó planes específicos de fiscalización para mejorar los controles de los denominados “incumplimientos prolongados” de los contribuyentes, especialmente en el IVA. La semana pasada, la oficina recaudadora publicó una primera lista identificando a más de 60 omisos “contumaces” de ese tributo.

    El comparativo regional plantea como resumen de las reformas del 2025 que el “significativo dinamismo de los países latinoamericanos, más allá de los debates teóricos, responde a una necesidad permanente de la adecuación de sus sistemas tributarios a los nuevos contextos económicos y sociales y a la modernización de sus organismos fiscales para enfrentar las nuevas maniobras elusivas o evasivas”.

    También subraya la “íntima relación entre la política y la administración tributaria, por lo que la sinergia entre ambas resulta esencial si se pretende alcanzar con éxito los objetivos planteados”.

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