El exintendente Pablo Caram fue condenado a 14 meses de prisión con libertad a prueba, con cuatro meses de tareas comunitarias en un régimen de dos horas semanales, por un delito de omisión de denunciar en su rol como funcionario público. En tanto, la exdiputada nacionalista Valentina Dos Santos acordó una pena de seis meses de prisión por el delito de usurpación de funciones, porque siendo diputada “mantuvo un rol protagónico en lo que concierne a la toma de ciertas decisiones importantes en la intendencia”, de acuerdo a la acusación fiscal.
Para el senador del Movimiento de Participación Popular (MPP) del Frente Amplio Charles Carrera, “casos emblemáticos para la sociedad, como los de Astesiano y el de Artigas, de corrupción pública, tienen que ir por juicio oral y público”. De lo contrario, dijo a Búsqueda, crean una sensación “de gran impunidad”, porque “no se termina de conocer la verdad de lo que pasó” y se les “da la herramienta al fiscal y los imputados de negociar el delito y la pena”.
Por esa razón, el Frente Amplio propondrá una modificación de los acuerdos abreviados para que se haga en el marco de una reforma general del Código del Proceso Penal (CPP), que entró en vigencia a fines de 2017, e incorporó la vía procesal como forma de alcanzar las condenas. Luego, en 2018, la instrucción Nº 10 estableció que la “negociación” entre los fiscales e imputados abarca tres elementos: la calificación jurídica del hecho, la pena aplicable y la forma de cumplimiento de la pena.
Para Carrera, a Caram y Dos Santos se les aplicaron “penas irrisorias” y para causas similares se debería buscar un sistema “más ejemplarizante y más duro”. En esa premisa se enmarca la propuesta de impedir que puedan realizarse acuerdos abreviados para algunos delitos.
A su vez, en los próximos días ingresará al Parlamento un proyecto de ley redactado por Carrera —que tiene el respaldo del MPP y es analizado por la bancada frenteamplista— para aplicar la “inhabilitación absoluta” a los funcionarios condenados por cometer delitos de corrupción, como son el peculado, el tráfico de influencias, el soborno o el fraude. También, para quienes cometen delitos de abuso de autoridad y violación a los deberes inherentes a la función pública, como abuso de funciones, usurpación de funciones y omisión contumacial de los deberes del cargo, además de lavado de activos.
Según establece el artículo 75 del Código Penal, la “inhabilitación absoluta” implica la pérdida de cargos y empleos públicos —aun cuando hayan sido electos—, la privación de “todos los derechos políticos” y la “incapacidad” para obtener cargos por el período que dure la condena.
Otra de las propuestas frenteamplistas será que los acuerdos abreviados puedan ser “revisados” por un tribunal que deberá crearse para casos en que hechos posteriores lo ameriten, o de forma aleatoria, según confirmó a Búsqueda el senador Alejandro Sánchez, coordinador de la campaña del Frente Amplio de cara a las elecciones nacionales.
Entre los fundamentos del planteo, sostienen que uno de los aspectos más cuestionados de los acuerdos abreviados —mecanismo por el que se resolvieron nueve de cada 10 procesos penales en los últimos años— es que solo pueden interponerse recursos de revisión con causales “restrictivas” y que en la mayoría de los casos se negociaron en 24 o 48 horas.
En 2022, una investigación del Observatorio del Sistema de Justicia y Legislación de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República sobre los acuerdos abreviados, que analizó más de 300 audiencias, determinó que en general las audiencias suelen ser breves y se realizan poco tiempo después de la detención en flagrancia del imputado: el 90% se firmaron en los primeros dos días después de la formalización.
“Condenados sin juicio”
El miércoles 24 y el viernes 26 de julio en el Parlamento, académicos, jerarcas del gobierno y representantes de la sociedad civil participaron de un seminario denominado Realidades, Perspectivas y Desafíos en la Política Criminal: Diálogos para la Transformación. En ese ámbito, el excatedrático de Derecho Penal y exsecretario de Presidencia en el período de Tabaré Vázquez Gonzalo Fernández aseguró que es “muy crítico” del CPP, al que describió como un “modelo extranjero que viene a suplantar el problema de los presos sin condena” —que era planteado como uno de los principales problemas cuando regía el sistema procesal penal inquisitivo— por los “condenados sin juicio”, en relación con los abreviados.
Su afirmación responde a que son acuerdos que alcanzan los representantes de la fiscalía con personas acusadas de cometer delitos y son refrendados por la Justicia, sin pasar por las diferentes etapas de los juicios orales y públicos que permiten el acceso de terceros y dan mayor transparencia del proceso.
En la misma instancia, el abogado y docente universitario Gastón Chaves Hountou planteó que la justicia “la dan muy pocas veces con el juicio oral, al que el Código (CPP) apuntaba como la panacea”, por su publicidad que admite pocas excepciones. Esto habilita a que el público en general y los medios de comunicación puedan estar presentes y documentar lo que sucede en las audiencias, así como solicitar el acceso a las carpetas de investigación de las causas que fueron formalizadas.
En 2019, el fiscal especializado en crimen organizado, Luis Pacheco, ya planteaba que los acuerdos abreviados “obviamente” tenían las “ventajas” de terminar rápidamente los procesos y de reducir el número de presos sin condena, pero que era necesario “evaluar a qué precio” se lograban esas “estadísticas positivas”.
“Al precio de no hacer juicio en casi ningún caso, porque el proceso abreviado —tal como está regulado en nuestro país, y considerando las escasísimas facultades que se le otorgan al juez en el mismo— más que una abreviación es una supresión del juicio”, señaló en el artículo denominado La reforma procesal penal y la relativización del Derecho Penal sustancial, que evaluó los resultados del sistema acusatorio a un año y dos meses de su entrada en vigencia.
“Un modelo que conduce casi forzosamente a no realizar juicios penales no puede ser un ejemplo de modelo procesal”, fue la frase que eligió para cerrar el informe.
“Líneas de consenso” para un nuevo Código Penal
Con el objetivo de una reforma general del CPP, el Colegio de Abogados del Uruguay entregó en mayo a los miembros de la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores un proyecto con los cambios que consideran necesarios. Pero la academia y el Poder Legislativo también coinciden en la necesidad de modificar el Código Penal uruguayo de 1934, que continúa vigente, sin una reforma global desde ese momento, a pesar de sucesivos intentos. La última se inició en 2022 cuando Chaves fue contratado por la Presidencia de la Cámara de Diputados para elaborar un informe que sirvió como insumo principal para un proyecto de ley de reforma del Código Penal que fue ingresado a la Cámara Baja a fines de 2023.
A fines de julio en el Parlamento, Gonzalo Fernández planteó: “Me parece, no ahora, porque estamos en vísperas de una elección y sabemos que solo se puede dejar una semilla de idea, pero hay que entender que la política criminal es una política de Estado y deben juntarse los dirigentes de los partidos. (...) Tenemos que desvestirnos de los colores partidarios y lograr bases de consenso que puedan estabilizarse en un (nuevo) Código Penal”.
Más allá de los cambios en la realidad criminal, con la aparición y luego el aumento del narcotráfico y del crimen organizado, desde hace décadas expertos en derecho penal advierten que las sucesivas modificaciones a las penas aprobadas en el Parlamento lo transformaron en incoherente al cambiar la “dosimetría”, tal como señalaron a Búsqueda en julio de 2023. La “dosimetría” es un concepto que en el derecho penal refiere a la proporcionalidad en la aplicación de las condenas y sanciones en función del delito cometido.
“Uruguay necesita un Código Penal nuevo, con líneas claras desde el punto de vista científico”, afirmó por su parte el director del Instituto de Derecho Penal y Criminología de la Facultad de Derecho, Germán Aller.
Coincidencia en el sistema político
Carrera consideró que el proyecto que elaboró un grupo de especialistas del Colegio de Abogados para reformar el CPP es “una base para discutir” y señaló que desde el Frente Amplio entienden que una reforma general del sistema debería ser “una de las prioridades del próximo gobierno”, por lo que “rápidamente” se deberá “abrir la discusión” para que participe la academia, los fiscales, el Poder Judicial y el sistema político.
Búsqueda consultó a los principales partidos con representación parlamentaria al respecto.
El coordinador del equipo técnico de seguridad del Partido Nacional, Luis Calabria, señaló que también entienden que “hay que hacer una revisión general del sistema de persecución penal”, que incluye el “análisis del funcionamiento” de los procesos abreviados y su alcance para determinados delitos. “Hay que legislar y eventualmente ajustar teniendo mucho rigor técnico”, transmitió.
Desde el Partido Colorado, Andrés Ojeda consideró que es necesaria una discusión integral del CPP y del Código Penal, y sobre los abreviados “en principio” no tienen otra propuesta de modificación, además de la informada por Zubía.
En tanto, desde Cabildo Abierto transmitieron que “la reforma integral del proceso penal es una de las tareas más importantes, entre otras cosas, para volver a encaminar la seguridad pública” y que los acuerdos abreviados es “uno de los puntos a revisar”.
Código del Proceso Penal
Código del Proceso Penal.
Javier Calvelo/ adhocFOTOS